La ineficiencia de las autoridades ha contribuido a que el índice de impunidad en las agresiones contra la prensa se mantenga en un 99.13%.
Este artículo fue publicado originalmente en articulo19.org el 25 de febrero de 2019.
ARTICLE 19 presenta su informe especial Protocolo de la Impunidad en Delitos contra Periodistas, en el cual se realiza un análisis cualitativo de 6 casos representativos de la violencia contra periodistas en México, que va desde agresiones físicas, detenciones arbitrarias, hostigamiento y amenazas, hasta la fabricación de delito y proceso penal, tortura, desaparición y homicidio u ejecución; los cuales además, comparten un patrón de impunidad.
México continúa enfrentando un contexto de graves violaciones a los derechos humanos y niveles críticos de violencia en donde se encuentra desdibujada la frontera entre autoridades y grupos criminales y de índices de impunidad casi absolutos. En los últimos 13 años, durante los sexenios de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, ARTICLE 19 ha observado como una constante los homicidios o ejecuciones arbitrarias, desapariciones forzadas, actos de tortura, detenciones arbitrarias, fabricación de culpables, represión en protestas, etcétera.
En este escenario, la libertad de expresión y el periodismo en México se han convertido en un frente de resistencia, atacado entre diversos fuegos, ya sea políticos, económicos, criminales o gubernamentales, por lo que las y los periodistas cada día ejercen su labor sin garantías y con un alto riesgo.
Desde el año 2000 hasta la fecha de la publicación de este informe especial, 123 periodistas han sido asesinados en el país:48 en el sexenio de Felipe Calderón y 47 en el de Enrique Peña Nieto. A casi 90 días del gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO), la violencia contra periodistas y personas defensoras de derechos humanos, se ha incrementado en forma alarmante: 3 periodistas han sido asesinados en realación con su labor. Asimismo, desde el año 2003 hasta la fecha, 24 periodistas continúan desaparecidos.
El Estado mexicano ha incumplido sus obligaciones, no sólo de prevención y protección para la labor periodística, sino también en procuración e impartición de justicia. Las investigaciones carecen de eficiencia, exhaustividad e imparcialidad; pero además las Fiscalías o Procuradurías se encargan en un primer momento de desacreditar u omitir la labor periodística de la víctima, criminalizarla o estigmatizarla, y en ocasiones, filtrar información contenida en los expedientes de manera tendenciosa y revictimizante.
Es en las investigaciones ministeriales donde se encuentran los primeros grandes obstáculos para llegar a la justicia y verdad, donde se omiten diligencias importantes y no se tiene como prioridad la línea de investigación relacionada con la actividad periodística de las víctimas, descartándola a priori y generando una narrativa estigmatizante que afirma motivos personales (amorosos, problemas con vecinos, drogas, etc.) en los delitos cometidos, asumiendo con ello “verdades históricas”.
Es desde ese momento en que se va alejando el acceso a la justicia y la verdad para las víctimas, y al partir de estos vicios de origen, en las instancias de impartición de justicia no se arriban a sanciones para personas responsables, mucho menos para quienes fungieran como autores mediatos o intelectuales en los delitos.
Tan sólo en la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contras la Libertad de Expresión (FEADLE), de acuerdo con sus propios informes, de 2010 a diciembre de 2018 se iniciaron 1,140 investigaciones, de las cuales ha consignado un total de 163, respecto al anterior sistema penal inquisitivo. En cuanto al sistema acusatorio, que entró en vigor en 2016, ha judicializado un total de 23 carpetas de investigación.
Es decir, un total de 186 acusaciones han sido conocidas por jueces penales, lo cual representa que sólo el 16.3% de las denuncias recibidas por la FEADLE han sido consignadas o judicializadas. Sumado a ello, del total de investigaciones iniciadas, se han obtenido 10 sentencias condenatorias, lo que representa que en sólo 0.87% de las investigaciones se arribó a una sentencia contra algún responsable de los delitos. Esto se traduce en un 99.13% de impunidad en delitos contra la libertad de expresión, sólo a nivel federal.
Respecto a los homicidios contra periodistas, la FEADLE reporta un registro total de 89 casos de 2010 a 2018, de los cuales en 44 no encontró relación con la labor periodística de la víctima, y en 45 sí la encontró. De estos 45 casos, 31 continúan en trámite y sólo se han consignado o judicializado 4 (8.8%). Sin embargo, a reserva de saber las razones puntuales por las que en 44 casos no encontró relación con el ejercicio periodístico,y si están plenamente justificadas y acreditadas, del total de 89 homicidios registrados en ese periodo, habría una efectividad de 4.4% en la consignación de investigaciones por este delito.
Otro de los aspectos preocupantes es el ejercicio sumamente arbitrario y poco claro de la facultad de atracción. Al respecto, la FEADLE sólo ha ejercido esta facultad en 57 casos de mayo 2013 a diciembre 2018, lo cual comparado con el total de las 735 investigaciones que inició durante ese periodo, representa un 7.7%.
En el informe especial damos cuenta de esta situación a través del análisis cualitativo de 6 casos de periodistas que han sido víctimas de delitos y de violaciones a sus derechos humanos, los cuales han sido acompañados y representados por ARTICLE 19 en los últimos cinco años:
1. Moisés Sánchez, periodista sustraído de su domicilio el 2 de enero de 2015 y posteriormente asesinado, en Medellín, Veracruz, quien conjugaba su labor informativa con un activismo social en favor de su comunidad.
2. Rubén Espinosa, fotoperiodista asesinado el 31 de julio de 2015 en la Ciudad de México, quien semanas antes se desplazó del estado de Veracruz por actos de hostigamiento y amenazas en su contra.
3. Pedro Canché, periodista detenido el 30 de agosto de 2014 y encarcelado arbitrariamente durante 9 meses en Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo, fabricándole el delito de sabotaje, sólo por cubrir una protesta social.
4. Alejandra Rodríguez, periodista víctima de agresiones físicas y sexuales, detenida arbitrariamente por policías de la Secretaría de Seguridad Pública del entonces Distrito Federal, el 1° de diciembre de 2013 durante una protesta social en la Ciudad de México.
5. Aldo Sotelo, periodista víctima de agresiones físicas el 14 de diciembre de 2013 en la Ciudad de México, por parte de elementos policiales capitalinos, quienes además lo obligaron a entregar su material fotográfico donde había documentado sus actos arbitrarios e ilegales.
6. Sinembargo.mx, portal web de noticias, que en 2014 fue atacado y sacado de línea, además de amenazas, intimidaciones y campañas de desprestigio en contra de sus colaboradores.
Además, en el informe especial enumeramos una serie de recomendaciones a diversas autoridades como la FEADLE, fiscalías y procuradurías estatales, así como a comisiones de derechos humanos. Por otro lado se emiten recomendaciones alos distintos poderes y niveles de gobierno (Poderes ejecutivo, legislativo y judicial, tanto federal como estatales), para que cada uno en el ámbito de las funciones que desempeñan, lleven a cabo acciones que contribuyan a revertir la situación de impunidad que impera en México.
Para ARTICLE 19 resulta apremiante, entre otras cuestiones, que las autoridades se abstengan de estigmatizar y descalificar a las víctimas de delito y violaciones a derechos humanos así como no omitir su labor periodística. En este sentido, la línea de investigación relacionada con el periodismo debe ser prioritaria; se debe realizar análisis de contexto sobre la actividad periodística de las víctimas, que conduzca a indicios o datos de prueba para esclarecer los hechos; investigar y juzgar con perspectiva de género e interculturalidad; tratar con respeto y dignidad a las personas víctimas; realizar planes de investigación que brinden una debida conducción y orden en los expedientes.
En este sentido, ARTICLE 19 conmina a las autoridades ministeriales, a nivel federal y estatal, a observar y cumplir con lo establecido en el Protocolo Homologado para la Investigación de Delitos contra la Libertad de Expresión. De igual forma, todas las autoridades deben atender los estándares nacionales e internacionales en materia de libertad de expresión, aplicando o interpretando todo acto o norma que resulte más favorable a las personas.
ARTICLE 19 considera de suma importancia que en la construcción actual dentro de la Fiscalía General de la República (FGR), se establezcan todos aquellos cambios estructurales que resultan totalmente necesarios, comenzando por garantizar su plena autonomía; capacitar al personal en materia de derechos humanos, en técnicas de investigación, relación y trato con personas víctimas, así como aplicar una perspectiva psicosocial, entre otras diversas. Esta organización observa una oportunidad importante en las próximas semanas para emprender este tipo de cambios con el establecimiento de la Fiscalía Especializada en Derechos Humanos que formará parte de la FGR.
Resulta apremiante que todas las autoridades cumplan sus obligaciones en materia de libertad de expresión, prevención y protección para el ejercicio periodístico, y abatir la ominosa impunidad que impera en este tipo de delitos, debiendo demostrar total capacidad y voluntad para revertir esta situación de violencia contra la prensa, y que finalmente las y los periodistas desempeñen su labor con plena libertad y seguridad, lo cual hablará de un verdadero sistema democrático en México.
Descarga el informe en formato PDF en este enlace.