Las personas LGBTI+ pueden enfrentar hasta 14 años de prisión en Kenia, sólo por tener relaciones sexuales. Sin temor ante esta dura realidad, una organización está llevando su lucha a los tribunales y, en el proceso, cambiando el rumbo de los derechos LGBTI+ en todo el continente.
Imagínese que le dijeran que podría pasar 14 años en prisión por tener relaciones sexuales. Piénselo. Para muchos kenianos, esta es la cruda realidad.
La sección 162 del Código Penal de Kenia criminaliza «el conocimiento carnal contra el orden de la naturaleza», haciendo la vida de la gente LGBTI+ no sólo difícil, sino peligrosa.
Kenia no es el único lugar donde existe este tipo de legislación. De hecho, más de 70 países en todo el mundo criminalizan la homosexualidad en diversos grados.
Sin embargo, lo que destaca el caso de Kenia es la lucha valiente que llevan adelante los activistas LGBTI+ por los derechos legales. Encabezando esta batalla está Eric Gitari, abogado y director ejecutivo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Gays y Lesbianas (NGLHRC por su sigla en inglés).
Desde su creación en 2012, NGLHRC ha aumentado la comprensión pública de los derechos legales LGBTI+, ganó una batalla legal de 3 años para que su organización se registrara oficialmente con la Junta de Coordinación de ONGs, y presentó un recurso constitucional contra la Sección 162 del código penal de Kenia.
IFEX entrevistó a Gitari para aprender más sobre el impacto humano de la legislación anti-homosexualidad de Kenia, las complejidades del activismo legal y el impacto que el trabajo de NGLHRC podría tener en otros países.
¿Cuál es el impacto que tiene la legislación homofóbica de Kenia sobre la opinión pública hacia las personas LGBTI+?
Eric Gitari: Hemos observado que el mensaje público que el Estado transmite a la sociedad a través de esta ley es: (que los inconformistas sexuales y de género) «son criminales, deben ser tratarlos como tratarías un criminal». La ley en Kenia es a menudo formulada con frases como «ofensas antinaturales», «conocimiento carnal contra el orden de la naturaleza» o «actos indecentes».
La ley ha dado forma a un estigma dentro de la opinión pública forzando a que muchos nieguen las características personales profundas que son definitivas de uno mismo, o decidan no «salir del clóset» ante la posibilidad de un arresto y el perjuicio que esto implicaría.
Esta negación ha reducido su integridad, acción y bienestar. Esto se ha traducido en una participación pública reducida o que no es la óptima, o en impotencia.
Este tipo de mensaje hace que la mirada de la sociedad hacia las personas LGBTI+ se cubra de manchas y prejuicios. Sus efectos han sido y siguen siendo, la violencia, la discriminación y la muerte.
¿Cuál es el impacto humano de la legislación homofóbica de Kenia?
La impotencia es un problema; disminuye la capacidad de las personas LGBTI+ y la organización de movimientos que luchan por justicia.
Provoca conflictos internos entre los grupos LGBTI+ por recursos y programas. La impotencia es evidente y se nota en la laxitud continuada por parte de muchos de nuestros clientes de ayuda legal en buscar reparación o justicia. Por ejemplo, el 90% de nuestros casos de chantaje reportados por homosexuales, bisexuales y hombres que tienen sexo con otros hombres (HSH) no siguieron adelante en el sistema legal porque los clientes no estaban dispuestos a reportarse a la policía.
La reducción de la acción también causa conductas sexuales irresponsables, una mala salud mental y un bajo uso de servicios socioeconómicos como educación, atención médica y empleo. En estas esferas socioeconómicas, hemos observado patrones más directos de estigma y discriminación entre actores no estatales que la discriminación directa del Estado.
¿Por qué el litigio es una vía efectiva para el activismo de los derechos LGBTI+?
Cuando empezamos en 2012, la organización local de LGBTI+ perseguía principalmente la metodología de la salud pública como punto de entrada para destacar cuestiones de discriminación LGBTI+.
Con nuestra empresa en litigios estratégicos, hemos notado una creciente apreciación por parte de nuestros clientes de que los tribunales pueden ofrecer justicia a las necesidades de los oprimidos. Por ejemplo, en 2013, tuvimos el caso de Eric Gitari vs. la Junta de Coordinación de ONGs. En 2015, dos de nuestros clientes de asistencia jurídica – que fueron sometidos a pruebas anales – acordaron que los representáramos en la Corte Suprema usando sus nombres en los procedimientos abiertos. En abril de 2016, seis activistas individuales pusieron sus nombres en el registro de la petición de descriminalización. Esto incluyó la presentación de declaraciones juradas sobre su experiencia vivida con la discriminación a causa de las secciones anti-gay de la ley descrita anteriormente, que fueron compartidas con el tribunal y el público.
También hemos observado que en el año 2016, las organizaciones que se habían opuesto a nuestra metodología de litigios con un enfoque de derechos humanos en 2013, se unieron a la misma al ir a la corte en busca de la despenalización. Nuestras redes de asistentes jurídicos han reportado una mayor capacidad para resolver los casos de detención arbitraria por parte de la policía mediante el uso de los conocimientos jurídicos brindados.
En 2015, la Corte Suprema de Kenia dictaminó que su organización podría registrarse oficialmente en la Junta de Coordinación de ONGs. ¿Qué significó esta victoria para usted y la comunidad LGBTI+ en general?
Esta decisión unánime de tres jueces superiores de la División Constitucional de la Corte Suprema fue revolucionaria, un punto de inflexión para el litigio queer en África y para la libertad de asociación como un derecho que debe ser disfrutado por todos, independientemente de su orientación sexual e identidad de género.
¿Qué condujo a este éxito?
Queríamos asegurarnos de que la Junta de Coordinación de ONGs aclarara por escrito su decisión de no reservar nuestra inscripción. Habíamos intentado seis veces y se habían negaron a escribir formalmente una carta [explicando] por qué no reservarían el nombre de nuestra organización. Escribimos una solicitud formal solicitando una explicación. Fue entonces que en la respuesta de la junta, indicaron que todos necesitábamos que nos guiaran los tribunales en el asunto.
También aprovechamos el hecho que la libertad de asociación siempre fue importante en la historia de la democracia keniana. Durante el período del partido único, la formación de otro partido político era traición; el recorrido para democratizar Kenia y conseguir las libertades constitucionales que se iniciaron en 2010 fue doloroso y nuestra sociedad lo recuerda. Buscamos recordarle a la gente por qué promulgamos la nueva Constitución, para decretar a todas las personas en Kenia y las generaciones venideras: la dignidad humana, la igualdad y la libertad.
¿Diría usted que esto establece un precedente para casos similares en África?
Esta decisión fue citada en Botswana cuando su Tribunal de Apelación permitió a LeGaBiBo (Lesbianas, Gays y Bisexuales de Botswana) registrarse recientemente. También hemos observado que la misma se está usando en Uganda por SMUG (Minorías sexuales Uganda) que han ido a la corte en busca de su inscripción.
¿Qué otras iniciativas de NGLHRC han demostrado ser exitosas?
Hemos ofrecido asistencia legal a más de 3.000 clientes, capacitado a más de 700 educadores cívicos y más de 250 paralegales. También hemos capacitado a más de 100 oficiales de policía y miembros de comités de usuarios de tribunales sobre los desafíos y necesidades de justicia de las personas LGBTI+. Hemos estado documentando las tendencias y patrones de los informes de asistencia legal clínica, así como la evaluación de la retroalimentación de los compromisos de capacitación.
Algunos de los comentarios nos han permitido iniciar programas específicos y regulares para grupos marginados dentro de la prestación de servicios legales LGBTI+, como las mujeres lesbianas, bisexuales y queer y los refugiados LGBTI+ en Kenia.
¿Qué lo inspiró a presentar una petición en contra de la Sección 162 del Código Penal?
Hemos observado que la existencia continua de sanciones penales contra las expresiones privadas y consuales de la intimidad entre adultos del mismo sexo es una barrera a la igualdad.
Esta ley punitiva continúa influyendo las decisiones políticas y moldeando la opinión pública. Justifica que a los individuos LGBTI+ en Kenia se los califique como «otros», su trato desventajoso y el hecho que, directa e indirectamente, no se los considere como iguales en términos de participación e inclusión pública.
¿Qué consejo le daría a otros grupos que tratan de desafiar o revocar la legislación que afecta a las personas LGBTI+?
Comiencen con analizar sus constituciones y buscar las decisiones administrativas injustas que los están afectando. Asegúrense de documentar su evidencia. Busquen aliados porque nunca se está solo, hay un universo de ayuda a su alrededor; sólo se debe dar el gran salto. Informen a sus aliados acerca de su estrategia y piensen en la acción que desan iniciar; pero recuerden: no necesitan su consentimiento, siempre y cuando conozcan su análisis. También recuerden tener el valor de liderar desde el frente y despreciar la lucha interna del movimiento que afecta a muchos grupos minoritarios.
REUTERS/Antony Njuguna (KENYA)