¿Tu gobierno cumple con sus obligaciones en lo que atañe a derechos políticos y civiles? La ONU tiene un comité de expertos independientes con el mandato de supervisar la implementación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y existen varias maneras de apoyarlo.
Este es uno de una serie de guías de IFEX destinados a fortalecer la capacidad de la sociedad civil para participar en espacios globales para el trabajo de promoción de la libertad de expresión. Para visitar la página en la que se encuentran todos los documentos, haga clic aquí.¿Qué es el Comité de Derechos Humanos?
Todo empieza con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
El PIDCP es un tratado que entró en vigor en 1973, y el Comité de Derechos Humanos es un órgano de 18 expertos independientes que supervisa su implementación. Aunque son nominados por los Estados de los que son nacionales y elegidos por los Estados que son signatarios del PIDCP, sirven a título personal y no como representantes de sus gobiernos. Son elegidos por un período de cuatro años.
Solo los Estados signatarios del PIDCP asumen la obligación legal de implementar los derechos reconocidos en el tratado, y solo ellos están sujetos a la supervisión del Comité de Derechos Humanos. Puedes consultar la lista completa de países aquí. ¡Y recuerda, las disposiciones del PIDCP son legalmente vinculantes!
Nota: No es exactamente intuitivo, pero el acrónimo más utilizado para el Comité de Derechos Humanos es «CCPR». A veces, se utiliza HRCtte o simplemente Comité.
Los artículos 19 y 20 del PIDCP amplían la definición del derecho a la libertad de expresión que aparece en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 e incluyen un texto específico sobre las limitaciones aceptables al mismo.
Un Estado que es signatario del PIDCP debe presentar informes regulares al Comité de Derechos Humanos, por lo general cada cuatro a seis años. El primer informe debe presentarse un año después de la entrada en vigencia del PIDCP para ese Estado. Debe incluir una descripción general de cómo el Estado está cumpliendo con el PIDCP en su conjunto. Los informes posteriores son más cortos y tienden a centrarse en responder a las observaciones formuladas por los expertos del Comité de Derechos Humanos.
El A-B-C-D del trabajo del Comité de Derechos Humanos
El grupo se reúne tres veces al año durante un período de tres semanas, generalmente en marzo, julio y octubre, en Ginebra.
Tiene cuatro funciones principales, y las organizaciones de la sociedad civil pueden participar, o al menos beneficiarse, de la mayoría de ellas.
A. Monitorea el progreso en los derechos políticos y civiles en un país y hace recomendaciones a los Estados: El ciclo de informes
B. Actúa en respuesta a denuncias individuales que alegan violaciones de los derechos bajo el PIDCP
C. Emite opiniones expertas sobre artículos específicos del PIDCP: Las observaciones generales
D. Considera las quejas interestatales
Abordaremos el rol de las ONG en cada una de estas cuatro funciones.
A. Monitorea el progreso en los derechos políticos y civiles en un país y hace recomendaciones a los Estado: El ciclo de informes
Hay varias etapas en el proceso que los Estados signatarios acuerdan, y cada una tiene sus propias oportunidades.
Etapa 1 – Adopción de la llamada lista de asuntos (LOI) o lista de cuestiones previas a la presentación de informes (LOIPR). Durante cada una de sus tres sesiones anuales, el Comité de Derechos Humanos adopta una lista de asuntos a tratar para cada Estado antes de su revisión (por lo general, con un año de anticipación).
• Las ONG pueden participar en este proceso presentando una propuesta de Lista de asuntos con antelación a la sesión. Más tarde, las ONG pueden realizar comentarios sobre la Lista de asuntos ya decidida por el Comité de Derechos Humanos.
Etapa 2 – Los informes de los Estados y los “Informes alternativos” de las ONG. Este es el paso más importante para para la participación de las ONG. En cada una de sus tres sesiones anuales, el Comité de Derechos Humanos examina los informes elaborados por los Estados sobre su cumplimiento del PIDCP, generalmente centrado en la información solicitada en revisiones anteriores y en la Lista de asuntos. Se alienta a los Estados a preparar sus informes en cooperación con otros actores, incluidos los grupos de la sociedad civil, pero esto no siempre ocurre. En algunos casos, un Estado puede no proporcionar ningún informe en absoluto.
• Las entidades de la ONU, las instituciones nacionales de derechos humanos y los grupos de la sociedad civil también pueden proporcionar sus propios informes, conocidos como «Informes alternativos». Las ONG, ya sea individualmente o en coalición, pueden presentar contribuciones escritas sobre el estado de los derechos civiles y políticos en un país o sobre un artículo específico del PIDCP, como el derecho a la libertad de expresión. Los plazos para la presentación se publican en el sitio web del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y generalmente son alrededor de un mes antes del comienzo de la sesión en la que el Estado será revisado. Los informes escritos de las ONG no deben exceder las 10.000 palabras y deben escribirse en inglés, francés o español. El inglés es el idioma más recomendado, ya que estos documentos no se traducen.
Etapa 3 – Revisión del Estado. Durante cada una de sus tres sesiones anuales, los 18 expertos del Comité de Derechos Humanos evalúan entre cinco y siete países en relación a su cumplimiento del PIDCP, basándose en todos los informes que han recibido. La revisión de cada país dura un día. Los representantes del Estado están presentes en la sala para proporcionar respuestas a las preguntas de los expertos. En algunos casos, las respuestas se proporcionan durante la sesión; en otros, el Estado presenta sus respuestas por escrito después de la sesión oficial.
• Las ONG pueden asistir y observar la revisión. Las ONG no pueden hacer declaraciones orales durante esta sesión.
• Sin embargo, las ONG pueden proporcionar declaraciones orales a los expertos del Comité de Derechos Humanos en reuniones formales. Por lo general, están programadas para el día antes del inicio de la sesión y pueden ser muy efectivas. Recomendamos que prepares una declaración convincente que cuente una historia, preferiblemente emitida por una persona directamente afectada por la violación de los derechos, y que incluya recomendaciones concretas, así como propuestas de preguntas para que los expertos las planteen durante la revisión del Estado. Para registrarte, contáctate con nfo@ccprcentre.org y ccpr@ohchr.org
• Las ONG también pueden coordinarse entre sí (en muchos casos en cooperación con el Centro de Derechos Civiles y Políticos, con sede en Ginebra) para organizar una reunión informal (sin interpretación) con los expertos sobre un Estado en particular. Esto generalmente ocurre el día antes o en la mañana de la revisión estatal.
• Las ONG también pueden intentar acercarse a los expertos de una manera más informal, fuera de las reuniones programadas. Puedes familiarizarte con los expertos aquí.
Etapa 4 – El informe: Observaciones finales. Después de una sesión de tres semanas en las que se supervisan a los Estados, el Comité de Derechos Humanos publica un informe llamado «Observaciones Finales». Por lo general, se publica aproximadamente una semana después del final de la sesión. En el informe, presenta su opinión sobre los progresos realizados por cada Estado en la implementación del PIDCP, y les hace recomendaciones específicas sobre cuyo progreso deberán informar en sesiones posteriores.
• Las ONG pueden luego usar este informe para sensibilizar, defender, monitorear y presionar a los Estados para que respeten los derechos civiles y políticos.
• Una ONG que ha participado en este proceso puede evaluar su propio éxito en función de si sus temas de preocupación y recomendaciones se incluyen en este informe.
Etapa 5 – Seguimiento. Un año después de la revisión de un Estado por parte del Comité de Derechos Humanos, se solicita al Estado que presente un informe sobre el progreso de las recomendaciones incluidas en las Observaciones Finales identificadas como urgentes.
• Las ONG también pueden proporcionar un informe sobre los progresos realizados por el Estado en estas recomendaciones urgentes, por lo que el Comité de Derechos Humanos puede tener otra perspectiva de lo que se ha hecho. De lo contrario, pueden usar el informe del Estado para monitorear su compromiso sobre las recomendaciones hechas por el Comité de Derechos Humanos.
Puedes acceder a la lista de los países que serán revisados y los plazos para los envíos aquí.
B. Responde a las quejas individuales que reclaman violaciones de derechos en virtud del PIDCP
Ten en cuenta que una queja presentada por un individuo solo es posible si el Estado en cuestión también es parte del Primer Protocolo Opcional.
o Las ONG y los grupos de apoyo legal pueden asistir a un individuo de un Estado que es parte del Primer Protocolo Facultativo del PIDCP para que presente una comunicación directamente, si sus derechos en virtud del tratado han sido violados por el Estado.
o Para ser admisible:
• La comunicación debe ser presentada por la persona cuyos derechos han sido violados o con el consentimiento por escrito de la persona. La comunicación no puede ser anónima
• Las comunicaciones deben mostrar que se han agotado los recursos internos (o probar que se ha intentado todo).
• El «mismo asunto» (el mismo autor, los mismos hechos y el mismo derecho sustantivo) no puede estar bajo consideración en otro procedimiento de investigación o procedimiento internacional. (Se admiten, sin embargo, excepciones cuando el asunto ha sido sometido al Procedimiento de Quejas del Consejo de Derechos Humanos, a los relatores especiales o a los grupos de trabajo del Consejo de Derechos Humanos).
• La comunicación debe ser enviada a:
Petitions and Inquiries Section
Office of the High Commissioner for Human Rights
United Nations Office at Geneva
1211 Geneva 10, Switzerland
petitions@ohchr.org
• El formato especial para los individuos que quieran enviar quejas se puede descargar aquí. También puedes consultar las pautas aquí. Echa un vistazo a la jurisprudencia del Comité de Derechos Humanos aquí.
o Una vez aceptada a trámite, el Comité de Derechos Humanos considerará la queja durante una de sus sesiones. Su deliberación es cerrada, pero tanto su decisión final (llamada «Vistas») como el seguimiento posterior son públicos y vinculantes. Durante el proceso, las partes pueden hacer declaraciones orales ante el Comité de Derechos Humanos (guías aquí). Advertencia: puede tomar varios años para que se considere un caso.
C. Emite opiniones expertas sobre artículos específicos del PIDCP: Observaciones generales
Una función importante del Comité de Derechos Humanos es ayudar a interpretar los artículos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Las llamadas «Observaciones generales» brindan orientación sobre su implementación.
En 2011, el CCPR emitió la histórica obsrvación general núm. 34 sobre el derecho a la libertad de opinión y expresión. ¡Esta interpretación puede ser muy útil para apoyar el trabajo de incidencia de las ONG en tu país!
Este texto refuerza la interpretación del Artículo 19 del PIDCP; aclara los límites de las restricciones legítimas del derecho a la libertad de expresión, y observa la obligación de los Estados no solo de proteger el derecho, sino de prevenir proactivamente cualquier violación del mismo y de promover su disfrute, incluyendo la libertad de los medios de comunicación. También tiene en cuenta el impacto de Internet y, al hacerlo, reconoce los derechos no solo de los periodistas tradicionales, sino también de los blogueros y «otros que participan en formas de autopublicación».
Las ONG también pueden participar en este proceso. Cuando se va a desarrollar una observación general, se hace un llamado a la sociedad civil para que haga sus aportes.
D. Considera las quejas interestatales
Un Estado Parte puede presentar una comunicación alegando que otro Estado Parte no está cumpliendo con sus obligaciones en virtud del PIDCP. Hasta la fecha, sin embargo, esta herramienta no se ha utilizado. No hay rol para las ONG en este proceso.
La última palabra: consejos estratégicos y recursos útiles
Los 6 mejores consejos de IFEX para colaborar con el Comité de Derechos Humanos
1. El momento justo. Puedes hacer uso de eventos relacionados con el Comité de Derechos Humanos tales como la publicación de la Lista de asuntos (LOI), las sesiones de revisión, la diseminación de Observaciones Finales y los informes de seguimiento organizando campañas, acciones de cabildeo y estrategias de comunicación a nivel nacional y local. Las sesiones de revisión son particularmente útiles para atraer la atención de los medios.
2. La unión hace la fuerza. Considera colaborar con otras ONG en tu país. Esto puede fortalecer tu voz, no solo en Ginebra, sino en tu propio país.
3. Conoce el tema. Al preparar un Informe Alternativo, revisa los informes previos del Estado, las Observaciones Finales y las recomendaciones de seguimiento, así como las listas de asuntos anteriores. Puedes encontrar toda esta información en esta base de datos.
4. La sesión es solo el comienzo. Usa las Observaciones Finales como punto de partida para la promoción y la concientización. Por ejemplo: supervisa de cerca los pasos que el Estado está tomando para abordar los problemas que mencionados; entablar un diálogo con el Estado sobre ellos; organizar conferencias, seminarios y talleres a tu alrededor.
5. Piensa más allá del Comité de Derechos Humanos. Tu estrategia a largo plazo puede incluir otros mecanismos de las Naciones Unidas que supervisan el cumplimiento de los derechos humanos, como el Examen Periódico Universal (EPU) y los procedimientos especiales, así como los mecanismos regionales. Una vez que hayas aprendido cómo interactuar con uno, puedes relacionarte más fácilmente con los demás. Además, la información recopilada para un organismo puede utilizarse para alimentar a los otros.
6. No olvides incluir una dimensión de género en tus informes y contribuciones al Comité de Derechos Humanos. ¿Las violaciones de los derechos políticos y civiles en tu país afectan a las mujeres o las personas LGBTQI de la misma manera? ¿Las soluciones, y por lo tanto las recomendaciones, son las mismas para todas las personas?
Más recursos e información
• «Trabajando con el Programa de las Naciones Unidas en el ámbito de los Derechos Humanos. Capítulo IV» (2008). OHCHR
• «UN Human Rights Committee. Participation in the reporting process. Guidelines for NGOs». By CCPR Centre. 2015.
• «Observación general núm. 34 sobre el derecho a la libertad de opinión y expresión». Comité de Derechos Humanos
• «Relación del Comité de Derechos Humanos con las organizaciones no gubernamentales». CCPR/C/104/3.
• OHCHR: Base de datos universal de derechos humanos
• OHCHR: Jurisprudencia de la Base de datos de tratados de la ONU
• Guías para presentar quejas individuales
Debes tomar en cuenta que el Comité de Derechos Humanos es uno de los diez órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas y solo supervisa el PIDCP. Otros comités de expertos incluyen el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Comité contra la Tortura, el Comité contra la Desaparición Forzada y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Puedes consultar todos los órganos de tratados existentes aquí. También puedes ver este video para obtener más información sobre los órganos creados en virtud de tratados.
Otros órganos relevantes de la ONU que monitorean el cumplimiento estatal de los derechos humanos incluyen el Examen Periódico Universal (EPU) y los procedimientos especiales.
Consulta más formas de defender y promover el derecho a la libertad de expresión en la página que recopila las guías de 5 minutos de IFEX.