El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha publicado sus Observaciones Finales sobre la situación en Pakistán. Los expertos prestaron atención a las preocupaciones señaladas por PPF, IFEX y RIDH en su informe alternativo y pidieron que el Estado garantizara los derechos a la libertad de expresión y de privacidad y pusiera fin a la impunidad.
Esta es una traducción de una declaración en inglés que fue publicada originalmente en panorama.ridh.org el 29 de julio de 2017. Panorama es una plataforma de información creada por la RIDH (Red Internacional de Derechos Humanos).
El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha publicado sus conclusiones sobre el historial de derechos civiles y políticos en Pakistán tras el examen que tuvo lugar los días 11 y 12 de julio de 2017 en Ginebra. En sus Observaciones Finales, el organismo de las Naciones Unidas instó al Estado a «garantizar que el encarcelamiento nunca sea un castigo por difamación y que las leyes penales no sean aplicadas indebidamente [contra] periodistas y voces disidentes».
El Comité pidió además al Estado que revise sus disposiciones legales relativas a la libertad de expresión, «incluido el artículo 19 de la Constitución, las normas aplicables a la Ley PEMRA [Autoridad Reguladora de Medios Electrónicos de Pakistán] [Enmienda] de 2007 y el Código de Conducta para programas y publicidad de medios de difusión y servicios de distribución, con miras a establecer mecanismos de supervisión eficaces y salvaguardias procesales en conformidad con el artículo 19 del Pacto».
Aunque el Comité acogió con beneplácito la nueva legislación y las medidas ya adoptadas por el Estado Parte, lamentó su falta de aplicación, en particular en lo que respecta a la protección de las minorías y las mujeres. Los periodistas y defensores de los derechos humanos también fueron definidos como grupos vulnerables por el Comité: además de las restricciones legales que enfrentan, también suelen ser víctimas de hostigamiento, intimidación, desapariciones y asesinatos. El Comité exigió que estos casos fueran «rápidamente y exhaustivamente» investigados y que los responsables sean llevados ante la justicia. En otras palabras, el Estado debe «intensificar sus esfuerzos para garantizar un ambiente seguro y favorable para el trabajo de los periodistas, abogados y defensores de los derechos humanos».
Las leyes sobre blasfemia, a las que se refieren las recomendaciones sobre la libertad de religión, han tenido un impacto negativo en el derecho a la libertad de expresión. El Comité pidió al Estado que las derogara o enmendara, «de conformidad con los estrictos requisitos del Pacto, incluido el que figura en el comentario general Nº 34«.
Derecho a la privacidad
A principios de este mes, durante el examen, el Comité expresó su preocupación por la forma en que Pakistán tiene la intención de combatir los delitos electrónicos. Según los expertos y las organizaciones de la sociedad civil, la Ley de Prevención de Delitos Electrónicos de 2016 otorga poderes demasiado amplios al Estado, compromete la seguridad de los datos y socava el derecho a la privacidad. En sus Observaciones Finales, el Comité le pidió a Pakistán que velara por una supervisión independiente y eficaz de toda institución que pudiera limitar los derechos humanos.
También instó al Estado a «revisar su legislación sobre recolección de datos y vigilancia, en particular la Ley de Prevención de Crímenes Electrónicos de 2016, para que se ajuste a sus obligaciones en virtud del Pacto», y subrayó que el Estado debería «revisar sus leyes y prácticas de intercambio de información con organismos extranjeros para garantizar su cumplimiento con el Pacto; [y] revisar todos los requisitos de licencias que impongan a los proveedores de servicios de red la obligación de participar en la vigilancia de las comunicaciones, particularmente en relación con la retención indiscriminada de datos».
El Comité también insistió en que Pakistán debía «adoptar una ley integral de protección de datos de conformidad con las normas internacionales».
Otras cuestiones de interés
Además de estas recomendaciones, los expertos se enfocaron especialmente en la pena de muerte, las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales y la libertad de religión cuando pedían al Estado Parte que «proporcionara en el plazo de un año […] información sobre la aplicación de las recomendaciones formuladas por El Comité» sobre estos temas. El único caso específico mencionado en las recomendaciones fue el de Mashal Khan , un caso emblemático que ejemplifica la impunidad y los problemas con los juicios justos en Pakistán, sobre todo cuando se trata de una denuncia de blasfemia.
El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es un órgano de 18 expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) por parte de los 169 Estados Partes. Este Pacto fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor el 23 de marzo de 1976. Sin embargo, Pakistán sólo ha estado vinculado por el Pacto desde que lo ratificó en junio de 2010.
El Estado de Pakistán debe presentar un segundo informe para su revisión antes de 2020, después de lo cual el Comité hará un seguimiento de sus recomendaciones iniciales y reevaluará la situación en el país.