Carlos Ignacio Cedeño fue sentenciado tras ser declarado culpable por supuestamente haber injuriado al médico Melitón García desde su programa radial.
(Fundamedios/IFEX) – 15 de noviembre de 2011 – El 6 de octubre de 2011, Carlos Ignacio Cedeño, radiodifusor de la provincia costera de Manabí, ubicada al centro-noroeste del país, fue sentenciado a seis meses de prisión tras ser declarado culpable por supuestamente haber injuriado al médico Melitón García, desde su programa radial en la emisora Sono Onda dos años atrás.
Cedeño, quien actualmente trabaja en radio Escándalo, aseguró que siempre ha sido crítico con los médicos de la zona y que con esta condena, que a su criterio ha violado todas sus garantías constitucionales, «se pretende amedrentarlo a él y a sus colegas comunicadores para que se abstengan de denunciar irregularidades».
La querella que dio paso a esta sentencia se originó el 15 de diciembre de 2009, durante el programa «Diálogo con Carlos Cedeño». De acuerdo con la denuncia planteada por el médico García, desde ese espacio radial se «vertieron comentarios lesivos e injuriosos, a la dignidad» del denunciante. Estos se refieren a que Cedeño habría acusado al doctor García, fundador de la clínica San Antonio, de haber sustraído camillas y microscopios del hospital público Verdi Cevallos Balda de Portoviejo para llevarlos a su clínica privada, y de liderar una huelga con el fin de sacar al director de un hospital.
Por su parte, el abogado de García, Tito Livio Mendoza, advirtió que el caso no quedará allí y que está preparando una nueva acción civil para reclamar una indemnización, que aseguró no será por menos de un millón USD porque su «cliente fue ofendido».
Este proceso ya tuvo una sentencia en primera instancia, por la que, el 19 de noviembre de 2010, el Juzgado primero de lo Penal de Manabí condenó a Cedeño a un año de prisión, tras ser declarado culpable de injurias calumniosas y, después de su apelación, el Tribunal Segundo redujo esta pena a seis meses. Sin embargo, cuando este caso fue a casación (recurso de revisión ante un tribunal superior), la corte declaró en abandono el recurso porque las partes no acudieron a la audiencia por un problema con los vuelos hacia Quito, rectificándose así la sentencia dictada en segunda instancia.
Fernando Farfán, abogado del radiodifusor, señaló que en este proceso se irrespetaron las garantías de su defendido puesto que, desde un inicio, se presentaron pruebas no válidas que carecían de cotejo de voz y reconocimiento judicial.
Farfán apuntó que, en los próximos días, presentarán el recurso de revisión para que la Corte Nacional de Justicia revise el proceso y verifique las ilegalidades que se están cometiendo en la querella. Con este paso esperan que la pena que se señala en la sentencia no se ejecute.
Fundamedios rechaza el uso del derecho penal para castigar opiniones, y señala que los castigos por lo civil deben ser proporcionales al daño causado, especialmente cuando se trata de autoridades y funcionarios públicos.
Sin embargo, denotamos que los ciudadanos tienen derecho a demandar en caso de ser ofendidos por una información inexacta u opiniones ofensivas y obtener justicia en caso de comprobar que el periodista actúo de manera maliciosa.
Consideramos que este caso debe sujetarse a esos principios y, por lo tanto, el radiodifusor debe ser juzgado por la vía civil y por montos razonables.