(RSF/IFEX) – Dos semanas después de que, el 16 de julio de 2007, reanudara sus emisiones a través de cable y satélite, el canal privado RCTV – convertido en RCTV Internacional – ha tenido que dejar de emitir el 1 de agosto de 2007, por el motivo de que no estaba declarado como «productor audiovisual […]
(RSF/IFEX) – Dos semanas después de que, el 16 de julio de 2007, reanudara sus emisiones a través de cable y satélite, el canal privado RCTV – convertido en RCTV Internacional – ha tenido que dejar de emitir el 1 de agosto de 2007, por el motivo de que no estaba declarado como «productor audiovisual nacional». Según RSF, un falaz montaje jurídico de última hora ratifica la censura del canal, que ya fue excluido de la red hertziana el 27 de mayo.
«Esta vez se ha consumado la censura de RCTV. El gobierno venezolano ha querido que desaparezca el canal, al menos en Venezuela, ayer exluyéndole de la red hertziana y hoy impidiéndole aparecer por cable y satélite. En este segundo acto del caso de RCTV se plantean varias cuestiones.
Si la Ley de responsabilidad social en radio y televisión de 2004 y el reglamento de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), obligan efectivamente a los medios de comunicación por cable y satélite – incluídos los de estructura internacional, como RCTV Internacional – a declararse «productor audiovisual nacional», ¿como ocurre en la red hertziana, ¿por qué, hasta ahora, no todos han respetado dicha obligación?
¿Por qué la Cámara Venezolana de Televisión paga se ha acordado repentinamente, y solo después de haber dado a RCTV Internacional un plazo de tan solo cinco días para ponerse al día, de que otros 45 canales de pago tienen que registrarse también como «productor audiovisual nacional», aunque a estos últimos les ha dado un plazo de 10 días?
¿Por qué, igualmente, el Ministro de Comunicación e Información esperó a que RCTV Internacional reapareciese por cable, el 16 de julio, para aunciar la extension del sistema de las «cadenas» a las redes de cable y satélite?
Finalmente, ¿por qué el Ministro de Telecomunicaciones no respondió a la petición de un plazo suplementario para RCTV Internacional, fomulada el 30 de junio por el presidente de la Cámara Venezolana de Televisión paga, Mario Seíjas?
«Las jurdiscciones interamericanas tienen derecho a exigir explicaciones del gobierno venezolano. Esperamos que las facilite», ha declarado RSF.
El 1 de agosto, a medianoche, RCTV Internacional tenía que retirar su programación de las parrillas del cable y el satélite. El plazo para hacerlo fue anunciado cinco días antes por el presidente de la Cámara Venezolana de Televisión paga, Seíjas. Pivado de la renovación de su concesión hertziana el 27 de mayo, el canal privado más antiguo de Venezuela acababa de reanudar, el 16 de julio, su programación a través de tres operadores de cable (Directv, Supercable e Inter) y dos de la red por satélite (Net Uno y Planet).
Al día siguiente de que RCTV reapareciera por cable y satélite, con la denominación de RCTV Internacional, el Ministro de Comunicación e Información, Willian Lara, anunció que la Ley orgánica de telecomunicaciones de 2000, así como la Ley de responsabilidad social en radio y televisión de 2004, se iban a revisar con el fin de ampliar el sistema de las «cadenas» a las redes de cable y satélite. Las «cadenas», en vigor en la red hertziana, obligan al conjunto de los canales y las emisoras, públicas y privadas, a emitir en el mismo momento mensajes de carácter oficial, generalmente los discursos del presidente Hugo Chávez. El presidente de RCTV Internacional, Marcel Granier, hizo saber entonces que el medio de comunicación no iba a plegarse a las «cadenas», ya que su sociedad se encuentra jurídicamente establecida en Estados Unidos.
El 28 de julio, Seíjas comunicó que RCTV Internacional, en tanto que canal que emite en territorio venezolano, disponía de un plazo de cinco días pra inscribirse en el registro de la Conatel como «productor audiovisual nacional», estatuto que le obligaría a emitir las «cadenas». En caso de no hacerlo, debería retirar su programación del cable y el satélite el 1 de agosto a medianoche, o los operadores tendrían que hacer frente a una sanción económica. Una vez más, Marcel Granier hizo valer que su medio dispone de razón social extranjera y emite en otros países (Trinidad y Tobago, Antillas Holandesas). Recordó que, hasta ahora, ninguno de los canales por cable o satélite se había visto sometido a esa obligación. El presidente de RCTV Internacional citó, entre otros, el caso de Telesur, canal público en cuya financiación participa el gobierno de Caracas, dispensado de las «cadenas» en su canal por cable.
Frente a ese argumento, el 28 de julio, Seíjas indicó que otros 45 canales por cable y satélite, fundamentalmente medios de comunicación regionales, también tienen que regularizar su situación como «productor audiovisual nacional». A los interesados se les ha dado un plazo de 10 días para llevarlo a cabo, frente a los cinco de RCTV Internacional.
El 30 de julio, Seíjas solicitó al Ministro de Telecomunicaciones, Jesse Chacón, una negociación de urgencia entre el gobierno y los canales por cable y satélite, y entre ellos RCTV Internacional, con el fin de «analizar el problema planteado por el estatuto de «productor audiovisual nacional». El presidente de la Cámara Venezolana de Televisión paga manifiesto que los criterios de apreciación de dicho estatuto le parecían «muy desfasados y subjetivos», y merecían una aclaración. Por lo mismo, Seíjas pidió un plazo suplementario para RCTV Internacional. Su petición no ha obtenido respuesta. Mientras tanto, RCTV Internacional ha continuado emitiendo su programación después de la hora fatídica. Una persona cercana al caso ha dicho a RSF que «como la discusión con el gobierno no parece que vaya a producirse, la emisión se va a parar».
Ironías de la historia, la exclusión de RCTV Internacional del cable y el satélite ha coincidido con el rechazo, en el Tribunal Supremo de Justicia, de los últimos recursos del canal, relativos a la no renovación de su concesión hertziana el 27 de mayo. Dos meses después de presentados, la alta jurisdicción los ha considerado «inadmisibles», siempre por culpa de determinadas «obligaciones administrativas» que RCTV Internacional no habría respetado.