(SIP/IFEX) – Lo que sigue es un comunicado de prensa de la SIP, con fecha del 31 de marzo de 2009: La SIP califica de censura derecho de réplica desproporcional en Brasil Miami (31 de marzo de 2009) – La Sociedad Interamericana de Prensa calificó de desproporcional una orden judicial que obligaba al diario brasileño […]
(SIP/IFEX) – Lo que sigue es un comunicado de prensa de la SIP, con fecha del 31 de marzo de 2009:
La SIP califica de censura derecho de réplica desproporcional en Brasil
Miami (31 de marzo de 2009) – La Sociedad Interamericana de Prensa calificó de desproporcional una orden judicial que obligaba al diario brasileño Estado de Minas a publicar un derecho de respuesta de la Universidad Federal de Minas Gerais, la que acudió a la justicia al sentirse ofendida por una investigación periodística que denunciaba irregularidades en el concurso para cargos docentes y fondos públicos.
El juez de la 4ta. Cámara Federal de Belo Horizonte, Ronaldo Santos de Oliveira, otorgó el derecho de réplica a la Universidad, que, de haberse hecho efectivo, debería haberse publicado el pasado domingo 29 de marzo en primera página y en otras seis adicionales. Las autoridades de la universidad habían negado dar declaraciones a los periodistas cuando se les consultó sobre las irregularidades.
Enrique Santos Calderón, presidente de la SIP, dijo que si bien el derecho de réplica está contenido en la Ley de Prensa de Brasil «la desproporcionalidad con la que suele utilizarse, hace prever que muchas veces esa garantía termine siendo una censura para el diario, ya sea por el espacio que adopta en detrimento de otras informaciones y, también, porque muchas veces se deja de lado la consideración sobre la veracidad de la denuncia».
Santos Calderón, del diario bogotano El Tiempo, agregó que si bien el periódico detuvo la publicación de la réplica al apelar la medida judicial, expresó que en estos casos estas controversias pueden evitarse, especialmente «cuando nos consta que el diario ha mostrado buena voluntad para publicar la versión de la universidad sobre los hechos, para lo cual no se necesita una imposición judicial ni una obligación de publicar algo en un espacio desproporcionado».
Por último, Santos Calderón recordó los postulados de las Aspiraciones de la SIP, un documento con el que la organización adoptó puntos orientativos sobre la ética periodística, en el que se reclama que la prensa debe difundir las «opiniones que expresen discrepancias con los puntos de vista de un periodista o de una empresa editorial . . . siempre que se ajusten a los mismos criterios aplicados a otras noticias: interés público y exactitud».