Las empresas de televisión por suscripción sacaron de su programación a los canales RCTV Internacional, América TV, TV Chile, American Network, Ritmo Son y Momentum.
(IPYS/IFEX) – El 24 de enero de 2010, las empresas de televisión por suscripción sacaron de su programación a los canales RCTV Internacional, América TV, TV Chile, American Network, Ritmo Son y Momentum, luego de que el Ministro de Obras Públicas y Viviendas y Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), Diosdado Cabello, así se los exigiera por supuestamente incumplir la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión («Ley Resorte»).
Cabello hizo el pedido a las empresas de televisión luego que RCTV Internacional no transmitiera el último mensaje del presidente Hugo Chávez. El ministro les advirtió que de no levantar a estos canales de su programación serían sometidas a procedimientos administrativos sancionatorios.
CONATEL publicó una lista de 24 televisoras que transmiten por suscripción que son consideradas como productores nacionales audiovisuales, obligadas a transmitir mensajes oficiales y acogerse a la «Ley Resorte».
Voceros de RCTV Internacional explicaron que por la conformación actual de su parilla de programación ésta no califica como productor nacional sino internacional, por lo que no le corresponde acatar dicha ley.
RCTV Internacional, cuya figura jurídica está registrada en Estados Unidos, comenzó sus transmisiones a través de las operadoras de suscripción en julio de 2009, luego que el Estado venezolano no le renovara la concesión que le permitía transmitir por señal abierta.
En el caso de América TV, TV Chile, American Network, Ritmo Son y Momentum se trata de canales por suscripción adscritos a cadenas internacionales que no figuran en la lista publicada por CONATEL.
El Ministro Cabello aseguró a través del canal estatal Venezolana de Televisión (VTV) que el gobierno no ha tomado ninguna acción para cerrar las televisoras y que la salida del aire de estos canales ha sido una decisión tomada por las propias empresas de televisión por suscripción.
IPYS rechaza la salida del aire de estas televisoras de cable que resulta contraria al derecho a la libertad de expresión y a la información y que fue tomada sin que mediara ningún procedimiento administrativo previo, que garantizara el derecho a la defensa por parte de estas empresas.