Desde julio de este año, los términos “30S”, “30-S” y “Prohibido olvidar” son de propiedad exclusiva del Gobierno, después de que el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI) aceptó el registro de estas frases, hasta mayo de 2022.
(Fundamedios/IFEX) – 12 de octubre de 2012 – Desde julio de este año, los términos “30S”, “30-S” y “Prohibido olvidar” son de propiedad exclusiva del Gobierno, después de que el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI) aceptó -en su Gaceta No 560- el registro de estas frases, hasta mayo de 2022.
Sin embargo, antes de que esto suceda, los ciudadanos ecuatorianos fueron los primeros en utilizar el término de “30S” como un hashtag (identificativo) en la red social Twitter, para contar los hechos del 30 de septiembre de 2010. En esa fecha se produjo una revuelta policial que fue calificada como intento de golpe de Estado por parte del oficialismo y en la que la información era limitada, pues se ordenó una cadena oficial indefinida que transmitía solo una versión de los acontecimientos.
En ese entonces, fue el usuario de Twitter Eduardo Arcos (@earcos) el primero en proponer “#30S como hashtag corto para identificar lo que pasa en #Ecuador”, según lo cuenta él mismo en su blog personal, por ser “una forma sencilla” de agrupar todos los tuits y noticias de lo que ocurría en esos momentos, tal y como se hizo con acontecimientos históricos internacionales como el 11-S y el 11-M, que recuerdan los trágicos episodios en Estados Unidos y España.
Dos años después de los mencionados hechos y tras la popularización del término “30S” no están claros los alcances e implicaciones legales que tiene la utilización de las frases registradas por el Gobierno, pues hay medios y usuarios en redes sociales que continúan empleando estos términos sin reparos y otros que, por el contrario, prefieren no utilizarlos, pese a que se refieren al tema.
De acuerdo a un comunicado oficial del IEPI, los términos patentados por el Gobierno “forman parte del patrimonio del Estado y fueron solicitados para identificar servicios o campañas especificas”. También citan la Ley de Propiedad intelectual que en su artículo 218 expresamente dispone que “mientras sea de buena fe y no constituya un uso que lesione este derecho, cualquier persona puede hacer uso de la expresión (este uso de buena fe es cuando no ocasiona confusión, asociación o engaño en el público consumidor)”.
Si bien 30S, 30-S y Prohibido Olvidar están registradas dentro de la clase 35, referente a la publicidad, gestión de negocios o administración comercial, el abogado Nicolás Solines -experto en temas de propiedad industrial e intelectual en Solines & Asociados- comenta que esta clase no solo comprende las categorías enunciadas arriba, sino que existen otros servicios registrados dentro de esta como publicidad, que va desde la callejera hasta la radiofónica o televisada, así como servicios de comunicados de prensa.