A pesar de la aceptación de la gran mayoría de observaciones por estar "implementándose o en vías de implementación", Fundamedios mira con preocupación que dichos avances para libre expresión en la práctica no se evidencian.
Hace exactamente un año, el pasado 21 de mayo de 2012 Ecuador se sometió al Examen Periódico Universal (EPU) ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, en Ginebra, Suiza. En este segundo examen, se recibieron 134 observaciones, de las cuales 24 estuvieron directamente relacionadas con el derecho a la libertad de expresión; 18 Estados mostraron su preocupación por la situación de esta libertad fundamental en nuestro país.
En la sesión de adopción del informe, que tuvo lugar el pasado 19 de septiembre de 2012, Ecuador rechazó 3 de las 24 recomendaciones mencionadas. Una realizada por Suiza sobre «reformar la legislación relacionada con la libertad de expresión según una visión de adecuarla a los estándares internacionales y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos». Dos fueron formuladas por Estados Unidos respecto a «eliminar las leyes criminalicen la opinión» y «aceptar las solicitudes de visita de los relatores especiales de libertad de expresión de la OEA y ONU». Las recomendaciones fueron rechazadas por el Embajador Luis Gallegos quien señaló que «no pueden derogarse leyes inexistentes» y que «nunca ha sido negado ningún requerimiento de visita de relatores de la OEA o de la ONU».
A pesar de la aceptación de la gran mayoría de observaciones por estar «implementándose o en vías de implementación», Fundamedios mira con preocupación que dichos avances en la práctica no se evidencian. Por el contrario, estos problemas se han agravado, lo que se evidencia en un aumento sustancial de las agresiones contra periodistas, juicios hacia ciudadanos por haber ejercido su derecho constitucional a la protesta, incremento de discurso hostil contra la prensa por parte de funcionarios públicos, entre otros hechos.
Fundamedios solicitó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos información sobre el avance de la aplicación de las recomendaciones recibidas en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. De la documentación recibida se desprende la inexistencia de acciones por parte del Estado que permitan mejorar la situación de las libertades de expresión y de prensa, aunque se reconocen avances en otros campos como en la protección de los derechos de las personas con capacidades diferentes. (Puede acceder al documento completo entregado a Fundamedios por el Ministerio de Justicia aquí)
De acuerdo al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos (MJDHC), solo dos recomendaciones relativas a libertad de expresión, asociación y protesta social han sido cumplidas y son aquellas formuladas por Perú y Canadá, a saber:
1. Proseguir los esfuerzos para garantizar a todos los ecuatorianos el derecho a la comunicación libre, intercultural, diversa y participativa en todos los entornos y medios de comunicación, y el derecho a buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información fidedigna, verificada, oportuna, contextualizada y plural (Perú);
Al respecto, el MJDHC indicó que «Por primera vez en la historia del Ecuador ha existido acceso plural y diverso a los medios de comunicación. El Ecuador brinda acceso al espectro electromagnético a medios privados, comunitarios y públicos, de esta manera, el Estado está marcando una política que respeta la libertad de expresión y garantiza el derecho a la comunicación y la información».
2. Velar porque los activistas comunitarios y los dirigentes indígenas puedan ejercer su derecho de reunión y protesta pacífica y que la legislación antiterrorista no se utilice inadecuadamente para censurar esas actividades (Canadá);
Al respecto, el Ministerio de Justicia informó que «No puede asimilarse las acusaciones por terrorismo bajo la legislación ecuatoriana frente a la noción internacional, en especial a los criterios que sobre terrorismo maneja la UNODC, puesto que tienen nociones y consideraciones de aplicabilidad distintas en virtud del momento histórico en el cual dicho delito fue tipificado en el Ecuador. En este sentido, se evidencia que los términos que maneja el Código Penal ecuatoriano no guardan relación con la concepción internacional del terrorismo. Por otro lado, frente a los casos de las personas que se presentan en protestas sociales que resultan con la destrucción de bienes y servicios públicos y su actuación incurre en acciones delictivas, la Policía Nacional aplica el Acuerdo Ministerial No. 1699 del Ministerio del Interior de fecha 18 de agosto de 2010 en el cual se ha reglamentado e institucionalizado el Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza».
A pesar de que el propio Ministerio publicó en diciembre de 2012 un libro compilatorio del EPU, en el que indicaba que entre las recomendaciones adquiridas por el Ecuador en materia de libertad de expresión se encontraban varias referentes a revisión y reforma de normativa y su adecuación a los estándares internacionales en materia de libertad de expresión, protección a periodistas, respeto a la protesta pública, entre otros, el Ministerio no hizo referencia alguna a éstas.
Fundamedios exhorta al Estado ecuatoriano a dar seguimiento a los compromisos adquiridos durante su segundo Examen Periódico Universal con el objetivo de promover y garantizar las libertades de expresión y de prensa, pilares fundamentales para el desarrollo de una democracia plena.
A continuación se puede encontrar el listado de las 24 observaciones que en materia de Libertad de Expresión 18 países aquí