El 3 de mayo de 2016, la jueza Susana Coronado Zegarra determinó la responsabilidad penal del periodista Rafael León, pero reservó el fallo condenatorio en su contra por la acusación de difamación agravada interpuesta por Martha Meier Miró Quesada, ex editora del diario El Comercio.
Este artículo fue publicado originalmente en ipys.org el 4 de mayo de 2016.
El 3 de mayo de 2016, la jueza Susana Coronado Zegarra determinó la responsabilidad penal del periodista Rafael León, pero reservó el fallo condenatorio en su contra por la acusación de difamación agravada interpuesta por Martha Meier Miró Quesada, ex editora del diario El Comercio. El hecho ocurrió en Lima, capital del país.
La magistrada del 42 Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima dictó además que León se someta a normas de conducta por un año y al pago de una reparación civil de 6 mil soles (US$ 2 mil).
Roberto Pereira, abogado del periodista, consideró que la decisión de la magistrada es “peligrosa”.
“Los criterios empleados por la jueza son contrarios a los estándares de la libertad de expresión en el mundo, y que ha establecido la Corte Suprema. Es un precedente que no solo afecta a Rafo León, sino a todo el periodismo nacional”, señaló Pereira.
En junio del 2014, León escribió una columna de opinión en la que ironizaba sobre una columna en El Comercio escrita por Meier. El artículo de la entonces editora del diario contenía muchas críticas contra la ex alcaldesa de Lima. León salió en su defensa y Meier lo denunció por difamación, misoginia e incluso por haber sido despedida de El Comercio.
El periodista y su abogado informaron al IPYS que ya se ha presentado la apelación correspondiente, para que la instancia superior resuelva el caso.
IPYS manifiesta su preocupación por la sentencia dictada contra León al considerar que sienta un mal precedente para la libertad de expresión en el Perú.
La sentencia en este link.