(PERIODISTAS/IFEX) – El diario «La Voz del Interior», de la provincia de Córdoba, denunció que el Ente Regulador de los Servicios Públicos provincial (ERSEP) demora de manera arbitraria y sin justificación la posibilidad de acceder a sus actas de directorio como parte de una investigación del medio sobre irregularidades en ese organismo. El 14 de […]
(PERIODISTAS/IFEX) – El diario «La Voz del Interior», de la provincia de Córdoba, denunció que el Ente Regulador de los Servicios Públicos provincial (ERSEP) demora de manera arbitraria y sin justificación la posibilidad de acceder a sus actas de directorio como parte de una investigación del medio sobre irregularidades en ese organismo.
El 14 de mayo de 2004, Marcela Fernández, periodista del diario abocada a una investigación sobre aguas contaminadas con nitratos en 13 barrios de la ciudad de Córdoba, se presentó en las oficinas del ERSEP para solicitar las actas de directorio desde agosto de 2003 con el objetivo de verificar versiones en cuanto a que el ERSEP habría estado, desde meses antes, al tanto de esa situación sin tomar medidas al respecto.
Pese a la gravedad del tema y a que se trata de un organismo que asume la defensa de los usuarios frente a las empresas prestadoras de servicios públicos, los funcionarios que atendieron a la periodista dijeron no estar autorizados a facilitar esa documentación, por lo que un escribano enviado por el diario levantó un acta en la que se dejó constancia de la negativa.
En un primer dictamen, la asesora de la Gerencia Legal y Técnica del ERSEP, Mónica Sanguinetti, respondió que esa documentación no era de acceso público y argumentó además que abriría la posibilidad de que miles de personas solicitaran el material, generando el colapso de funcionamiento del organismo. Sanguinetti pone en tela de juicio la constitucionalidad de la ley de acceso a la información, dictada durante el actual gobierno, en octubre de 1999. En efecto, la asesora legal del ERSEP sostiene que «las normas del legislador que crean el riesgo de impedir o dificultar seriamente la función administrativa, adolecen de inconstitucionalidad».
Luego de otras presentaciones realizadas por el diario ante cada traba interpuesta por el ERSEP, el 27 de mayo el organismo público desestimó el pedido y lo giró a la Fiscalía de Estado, que el 7 de junio emitió un dictamen que determina que las actas sí eran de acceso público, pero que el diario debía especificar con precisión qué documentación quería y por qué motivo, a pesar de que la Ley 8803, de acceso al conocimiento de los actos del Estado, establece que «no puede exigirse la manifestación del propósito de la requisitoria».
Desde 2001 un grupo de organizaciones civiles, entre ellas PERIODISTAS, impulsan un proyecto de ley de acceso a la información de interés público que ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación. En el mismo sentido, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 1172/03 que garantiza la publicidad de los actos de sus dependencias y la información en su poder.
A su vez, por la ley nacional 25.831, sancionada el 26 de noviembre de 2003, se establecieron los presupuestos para garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, en el ámbito nacional, provincial, municipal y de la ciudad de Buenos Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas.
El principio cuarto de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos establece que, «El acceso a la información en poder del Estado es un derecho fundamental de los individuos» y que, «Este principio sólo admite limitaciones excepcionales que deben estar establecidas previamente por la ley para el caso de que exista un peligro real e inminente que amenace la seguridad nacional en sociedades democráticas».