(RSF/IFEX) – RSF manifiesta su profunda decepción porque, el 21 de marzo de 2007, el Presidente de la República, Martín Torrijos, validó dos artículos del nuevo código penal que atentan contra la libertad de prensa. «Avalando dos disposiciones del nuevo código penal, peligrosas para la libertad de prensa, el presidente Martín Torrijos limita el margen […]
(RSF/IFEX) – RSF manifiesta su profunda decepción porque, el 21 de marzo de 2007, el Presidente de la República, Martín Torrijos, validó dos artículos del nuevo código penal que atentan contra la libertad de prensa.
«Avalando dos disposiciones del nuevo código penal, peligrosas para la libertad de prensa, el presidente Martín Torrijos limita el margen de maniobra de los periodistas hasta el punto de impedirles hacer su papel de contrapoder. La decisión nos causa una profunda decepción. Va a contracorriente de las evoluciones jurídicas, favorables a la prensa, en el continente americano. Esperamos que al final se presente un recurso de anticonstitucionalidad», ha declarado RSF.
El 6 de marzo, la Asamblea Legislativa aprobó, en sesión plenaria, 448 modificaciones del código penal. Dos de ellas han generado, y con razón, una fuerte desaprobación por parte de la prensa panameña.
Artículo 164: «Quien posea legítimamente una correspondencia, grabación o documentos privados o de carácter personal, no destinados a la publicidad, aunque le hubiesen sido dirigidos, y lo haga públicos sin la debida autorización y de ello resultare un perjuicio, será sancionado con 200 a 500 días-multas o arresto los fines de semana.» [nota editorial: días-multas son multas equivalentes al sueldo mínimo diario multiplicado por un número determinado de días]
Artículo 422: «Quien culposamente revele los secretos de los que se hallara en posesión en virtud de su cargo o de un contrato oficial, o permita que otros los acceda, será sancionado con prisión de seis meses a un año o su equivalente en días-multas o arresto de fines de semana.»
El 10 de marzo, se le entregó al presidente Martín Torrijos el nuevo código penal para que lo promulgara, disponiendo del plazo de 30 días para hacer pública su decisión. El 21 de marzo, el Ministro de la Presidencia, Ubaldino Real, anunció a la prensa que el veto presidencial solo concernía a cuatro disposiciones del texto, subrayando que no se trataba de los artículos 164 y 422.
El Colegio Nacional de Periodistas (CNP) ha indicado que aquel mismo día dirigió al presidente Martín Torrijos una carta de protesta, con copia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Ante la Corte Suprema de Justicia se puede presentar un recurso de inconstitucionalidad del nuevo código penal, si se demuestra que algunas de sus disposiciones contravienen la Convención Americana de Derechos Humanos, o la Convención Americana contra la Corrupción, ambas integradas en la Constitución panameña. Sin embargo, el recurso no es posible mientras no se promulgue el texto completo. Como el Presidente de la República ha censurado cuatro artículos del nuevo código penal, el Parlamento tiene que volver a estudiarlos.