(ARTICLE 19/CENCOS/IFEX) – Lo que sigue es una versión abreviada de un informe de CENCOS y ARTICLE 19, con fecha del 18 de julio de 2007: Señalamientos sobre el Incumplimiento de las Obligaciones del Estado Mexicano en Materia de Libertad de Expresión En el 128o periodo de Audiencias Públicas de la Comisión Interamericana de Derechos […]
(ARTICLE 19/CENCOS/IFEX) – Lo que sigue es una versión abreviada de un informe de CENCOS y ARTICLE 19, con fecha del 18 de julio de 2007:
Señalamientos sobre el Incumplimiento de las Obligaciones del Estado Mexicano en Materia de Libertad de Expresión
En el 128o periodo de Audiencias Públicas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Centro Nacional de Comunicación Social A.C. (CENCOS) y ARTICLE 19-Sección México presentaron su informe «Señalamientos sobre el incumplimiento de las obligaciones del Estado Mexicano en materia de libertad de expresión» para llamar la atención del organismo hemisférico sobre la falta de garantías para ejercer el derecho de informar y ser informado en nuestro país.
En el documento presentado se detalla que desde el derecho internacional que resguarda los derechos humanos, es importante ubicar que México es parte de la Organización de los Estados Americanos, y por ello es parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) desde el 3 de abril de 1982 y aceptó la jurisdicción obligatoria de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
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Asimismo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, plantea en su Artículo 6: «La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, (. . .) el derecho a la información será garantizado por el estado»; y el Artículo 7: ¨Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la censura previa, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito».
Ante estos elementos, queda claro que la libertad de expresión en México pasa por un momento de debilidad y el Estado tiene responsabilidad en ello, ya que se vulnera el fortalecimiento del sistema democrático.
El país se convirtió en el segundo lugar con mayores riesgos para ejercer el periodismo. El 2006 fue el año que presentó más agresiones contra periodistas con 131, entre las que se cuentan 10 asesinatos de informadores, convirtiéndose el último año del gobierno de Vicente Fox Quesada en el más letal para los periodistas de los últimos 15 años; lamentablemente, la tendencia continúa en la administración de Felipe Calderón Hinojosa.
A pesar del discurso oficial sobre respeto a la libertad de prensa, los encargados de dar seguridad a la ciudadanía encabezan la lista de persecutores de los profesionales de la información con 42% de los casos registrados de agresiones, repartidos de la siguiente manera: policía (24%), servidores públicos (12%), instituciones de seguridad pública (3%) e instituciones gubernamentales (3%).
Los distintos órganos de gobierno han respondido en una lógica de «control de daños» al atender los ataques y en especial los asesinatos en contra de periodista y medios de comunicación.
Tanto el Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos adscrito a la recientemente creada Quinta Visitaduría General de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) como la la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra Periodistas (FEADP) y la Comisión Especial de Seguimiento de la Cámara de Diputados, han sido creadas a partir de la demanda reiterada de la sociedad civil y no como una respuesta ante el evidente incremento en los casos de asesinatos, amenazas y agresiones en contra de los periodistas y medios de comunicación que han sido denunciados de manera reiterada desde 2000.
La Quinta Visitaduría de la CNDH, ha emitido un total de 39 recomendaciones, del 2000 a la fecha ha emitido un total de 4 recomendaciones. Solamente una de ellas de carácter general sobre la protección de las fuentes periodísticas.
Si bien las recomendaciones en la materia favorecen a visibilizar la problemática, también es cierto que no tienen carácter vinculatorio, ni capacidad de sanción del delito.
Aunque ambas instancias, la de la CNDH y la FEADP contemplan la colaboración mutua, esto funciona como un simple acuerdo de partes, dejado en gran parte en el nivel de la voluntad política.
Durante el presente año, en la fiscalía de la PGR se han radicado 30 expedientes de queja, de los que 12 se han tramitado en la PGR solo uno de ellos ha sido atendido directamente por la FEADP, mientras que nueve fueron conocidos por alguna procuraduría estatal, lo cual en términos cuantitativos, no es un indicador de los mejores resultados.
De acuerdo con un informe del 7 de junio 2007, la FEADP ha atendido 168 casos. Sin embargo, al pasar a los datos contenidos en el cuerpo del comunicado de prensa, la Fiscalía solo ha atendido un total de 56 directamente. Mientras que la Subsecretaria de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo (SCRPPA) tienen 90 de estos casos, la Subprocuraduría Investigadora Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) 21 y la Visitaduría General 1 caso.
La actuación de la FEADP es muy limitada; queda reducida a un papel de observador privilegiado sin incidencia directa en la conformación de expedientes, semejante a las acciones que emprende el programa de agravios a periodistas como parte del sistema ombudsman-no jurisdiccional de derechos humanos desde hace 17 años.
La LX Legislatura de la Cámara de Diputados constituyó el 21 de diciembre de 2006 la Comisión Especial para dar Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación, fundamentada en los artículos 6o y 7o de la Constitución que garantizan los derechos a la libertad de expresión y a la información.
La comisión integrada por siete legisladores de las diversas fuerza políticas del Congreso, planteó en su plan de trabajo la creación de un sitio web donde se daría a conocer las denuncias y casos de agresiones a informadores en el primer trimestres del año, punto que no ha sido instrumentado, así como el informe semestral y de las visitas que realizan a los distintos estados para crear una base de datos sobre el estado que guardan los distintos casos en varios estados de la República.
El incumplimiento del programa de trabajo resulta inadmisible ante el potencial que tiene la comisión legislativa en la atención de los ataques a periodistas y medios de comunicación. Resulta inquietante que durante la reciente comparecencia del Fiscal Octavio Orellana Wiarco ante la comisión legislativa, los temas referidos en el plan de trabajo hayan estado ausentes de la mesa de discusión.
Por lo que el tiempo fue consumido por el Fiscal reciclando cifras, salvo la inclusión de dos nuevos casos pasando de la cifra mediática de 168 casos a 170. Esto reflejó la falta de conocimiento de los diputados del Partido Acción Nacional presentes en la reunión, mientras que la ausencia injustificada de los diputados miembros de otros partidos puso en tela de juicio la viabilidad de las declaraciones que abogaban por una acción contundente por parte de la comisión.
Dicha Comisión de la actual legislatura no ha tenido un papel fuerte en la materia, reduciéndose a ser complaciente con el Fiscal, como lo demostró la última comparecencia del 12 de julio del presente mes.
El documento presentado a la CIDH emite lo siguientes
1. Resulta urgente que el Estado mexicano extienda una invitación a la CIDH para realizar una visita in situ con la finalidad de recabar información con miras a esta honorable Comisión tenga a bien elaborar un informe sobre la situación que guarda la libertad de expresión en México.
2. Ante la intensión expresada por el Relator Especial para la Libertad de Expresión de realizar una visita oficial a México, y dada la encomiable apertura que ha demostrado el Estado a la apertura al escrutinio internacional al promover la visita de otros Relatores Especiales, se considera de vital importancia que: a) Que bajo el auspicio de las Autoridades el Relator pueda conocer a detalle las instrumentadas por la FEADP. En particular, resultaría sumamente enriquecedor que la agenda de la visita contemple reuniones con los dos últimos Fiscales.
3. Celebrar consultas y foros regionales con organizaciones de la sociedad civil, periodistas y medios de comunicación para conocer los distintos tipos de agresiones de las que son víctimas los periodistas y medios de comunicación a lo largo del territorio nacional.
4. Iniciar bajo el auspicio del Estado el debate y consulta a los actores relevantes sobre la posible federalización de los delitos relacionados con ataques a periodistas, mediante un proceso de diálogo incluyente y productivo entra los tres poderes y órdenes de gobierno, la academia y la sociedad civil organizada ocupada en el tema.