(ARTICLE19/CENCOS/IFEX) – Alejandro González Muñoz, director general del periódico noticiario político policiaco «El Circo» de la ciudad de Aguascalientes (occidente), ha sido presionado por autoridades ministeriales para revelar el nombre de una persona que brindó información. El 2 de julio de 2008 alrededor de las 7:00 p.m. (hora local), de acuerdo al testimonio del periodista, […]
(ARTICLE19/CENCOS/IFEX) – Alejandro González Muñoz, director general del periódico noticiario político policiaco «El Circo» de la ciudad de Aguascalientes (occidente), ha sido presionado por autoridades ministeriales para revelar el nombre de una persona que brindó información.
El 2 de julio de 2008 alrededor de las 7:00 p.m. (hora local), de acuerdo al testimonio del periodista, llegó a las oficinas del periódico que dirige y al descender de su vehículo distinguió a varias personas que identificó como policías ministeriales, quienes le informaron que tenían una orden para que se presentara a comparecer ante el Agente del Ministerio Público Número 7.
González Muñoz detalla que no presentaron ningún documento que sustentara este hecho y fueron los propios policías quienes lo llevaron a dicha agencia.
Al llegar al Ministerio Público fue llevado a una oficina donde le solicitaron su identificación, misma que fotocopiaron, y fue informado que se encontraba en la agencia en calidad de testigo.
La presentación de González Muñoz ante el Ministerio Público obedeció a la transmisión de una entrevista sobre el asesinato de un empresario local en el noticiero «Buenos días Aguascalientes» de la Radio Bi en la frecuencia 790 de A.M., informativo que conduce el periodista. Los agentes cuestionaron al comunicador sobre la identidad de la fuente de información, a lo que afirmó desconocerla.
Ante la respuesta del comunicador las autoridades, como forma de presión, recurrieron al argumento de que si incurría en falsedad de declaración o no brindaba información que conocía, sería sujeto a un proceso penal castigado con tres a cinco años de cárcel.
Las preguntas de los agentes ministeriales se centraron sobre la identidad de la fuente, a lo que el periodista reiteró que desconocía la identidad y que sólo había mantenido contacto telefónico con la persona, que le hizo llegar la información de forma anónima.
Posteriormente, para corroborar su declaración se le pidió que mostrara la pantalla de su celular en donde se había registrado el número telefónico de la persona que le había enviado la información, mismo que no se registro debido a que la llamada fue realizada desde un teléfono público. En todo momento del interrogatorio, se encontraron a espaldas del periodista los agentes que lo llevaron ante el Ministerio Público.
Asimismo, le pidieron su número de teléfono celular y una demostración de cómo había hecho la conferencia telefónica para la entrevista transmitida en el noticiero «Buenos días Aguascalientes».
De forma insistente se le interrogó acerca de la fuente de su entrevista y se le pidió que lo narrara nuevamente. Después de cerca de una hora y media de interrogatorio bajo presión de los agentes, llegó el abogado del periodista y en ese instante terminó el interrogatorio.
Para ARTICLE 19 y CENCOS este tipo de prácticas resultan inaceptables ya que contravienen de manera directa el derecho internacional de los derechos humanos y vulneran severamente el ejercicio pleno del derecho a la libertad de expresión a través del ejercicio periodístico, más aún cuando el principio 8 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos reconoce que «todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales».
En este sentido, el Poder Legislativo aprobó el 27 de abril de 2005 una reforma para proteger el secreto profesional de las y los periodistas en el país. Las presiones por parte de cualquier autoridad en contra de periodistas para que revelen la identidad de sus fuentes constituye una violación a al derecho a la libertad de expresión y un delito tipificado en el Código Penal Federal.
Por ello, ARTICLE 19 y CENCOS hacen un respetuoso llamado a Luís Armando Reynoso Femat, gobernador del estado de Aguascalientes, para que adopte todas las medidas – legales y políticas – para que el derecho a la libertad de expresión sea respetado de manera cabal en el estado que gobierna.