Un juicio por millones de dólares, una demanda penal que podría llevarte a la cárcel o una denuncia ante un organismo estatal que clausure un medio o lo sancione a tal nivel que haga inviable su continuidad.
Un juicio por millones de dólares, una demanda penal que podría llevarte a la cárcel o una denuncia ante un organismo estatal que clausure un medio o lo sancione a tal nivel que haga inviable su continuidad. Estas y otras más son las herramientas legales que pululan hoy por toda América Latina y el Caribe y que hacen de la región un caldo de cultivo para que empresarios, gobernantes y funcionarios públicos se armen, sin necesidad de balas, contra el ejercicio del periodismo libre o la libertad de expresión.
El arma en cuestión no será de fuego, pero logra un fin muy similar, pues dispara usando la Ley. La comparación es fuerte, pero pertinente. Así lo sostienen nuestras investigaciones, que se triangulan con observaciones hechas por especialistas que hemos consultado desde IFEX.
El fenómeno está siendo estudiado cuidadosamente por organismos internacionales y organizaciones locales de varios países del continente. Se apela a mecanismos legales para infringir medidas desproporcionadas contra periodistas o medios, y con eso tener un doble impacto: castigar a los que resultan molestos y amedrentar al ecosistema periodístico entero.
Según estas impresiones, en tiempos de zozobra económica dentro del periodismo tradicional, las acciones legales que puedan exigir resarcimiento económico generan temor y autocensura.
Así las cosas, IFEX-ALC, una red de organizaciones dedicadas a la libertad de expresión en 15 países América Latina y el Caribe, presentó un Amicus Curiae ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en favor del abogado y profesor universitario venezolano Tulio Álvarez, sentenciado a dos años de prisión por escribir una columna de opinión. En la columna, Álvarez se refería a presuntos hechos de corrupción cometidos por un funcionario del gobierno.
En su Amicus, IFEX-ALC destaca que este caso constituye una oportunidad para que la Corte IDH reafirme lo ya ha establecido en su jurisprudencia con relación al uso de las leyes penales y el ejercicio de la libertad de expresión en sociedades democráticas. Así, la Corte puede exhortar una vez más a los Estados a despenalizar los delitos de injuria y calumnia.
Casos por doquier
El caso de Tulio Álvarez es uno entre muchos. La región alberga numerosos casos en los que el derecho penal o del sistema judicial en su conjunto se usa para castigar al periodismo.
Otro caso importante dado en los últimos años fue el del entonces presidente ecuatoriano Rafael Correa contra el periodista Fernando Villavicencio. En primer término, la acusación tuvo lugar por injurias y hackeo, y luego por insolvencia. Esta última con el fin de forzar a pagar los 47.000 dólares americanos que la justicia ecuatoriana había sentenciado que Villavicencio debía pagar al ex-mandatario. La suma monetaria, no obstante, no vino sola: la justicia también condenó al periodista a 18 meses de prisión.
Cada año, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) menciona en su informe anual los casos de medios y periodistas en los que se usó el recurso penal. En 2017, un 5% de los casoscorrespondieron a esta temática.
El informe de 2018 aún no ha sido publicado, pero la oficina ya documentó más de 60 casos, todos ellos vinculados al uso del sistema judicial contra la libertad de expresión en 16 países de las Américas. De los 60, 18 casos suceden en Venezuela.
De estos últimos, uno de los más sonados ha sido el del medio Armando.info, en el que ciertos periodistas fueron sido acusados de difamación por una investigación periodística. Como consecuencia, los periodistas se vieron forzados a abandonar el país.
Los países caribeños también están en la lista: en Dominica la justicia falló a favor de un funcionario público que demandó por difamación a un talk show de una emisora radial y los condenó a pagar una fuerte suma de dinero. Otros casos se registraron también en Surinam y en Trinidad y Tobago.
El 2019, aunque empezara hace muy poco, trae también lo suyo. En Bolivia, durante los primeros días de enero, el director del portal informativo Brújula Digital, Raúl Peñaranda, denunció «amedrentamiento» gubernamental tras la decisión de la estatal de comunicación Entel de iniciarle un juicio a partir de una investigación periodística.
Mejoras parciales
Para Edison Lanza, Relator Especial para la Libertad de Prensa de la OEA ha habido ciertos pasos en positivo: «hay un grupo de países que han ido derogando o modificando los delitos de difamación, injuria y desacato en bien del interés público».
Entre ellos figuran Uruguay, México a nivel federal, Argentina, Jamaica y otros países del Caribe. En total, los que han tomado estas medidas suman 12. Sin embargo, sigue habiendo más de una decena de países con legislación penal en estos temas.
«Hay otros que todavía mantienen la figura de difamación e injurias a nivel penal y claramente lo usan. Es el caso de gobiernos autoritarios con funcionarios que no quieren ser ni cuestionados, ni pasar por ningún tipo de control. Lo usan para criminalizar la investigación periodística. Eso se vuelve un mecanismo más agudo de persecución», dijo Lanza.
El Relator observó también que el de Venezuela era un caso «paradigmático» por tener varias ocurrencias en los últimos años. Lanza resaltó también el caso de Perú, donde periodistas que investigaban casos de corrupción fueron sometidos a procesos penales. Del mismo modo, señaló Lanza, el gobierno de Correa generó varios casos del mismo tipo en Ecuador.
«Sin embargo, en países como Nicaragua, Honduras y Venezuela también se apela a otras figuras penales que no son las clásicas utilizadas contra el periodismo, como pueden ser las de «terrorismo», «subversión» y otros tipos de desacato, medidas que se han visto también en Brasil», añadió.
Lanza hizo hincapié también en la importancia de estudiar el caso del venezolano Tulio Álvarez y de entender estas medidas como un tema central en la región. Se trata, en últimas, de prestar atención a estos casos para eliminar, o al menos restringir, el uso del derecho penal para limitar la libertad de expresión: «es emblemático por la víctima, pero también porque hace muchos años que la Corte no resuelve un caso vinculado al derecho penal referido a la difusión de información de interés público».
«Una receta tóxica»
La abogada y directora de litigios del centro Robert F. Kennedy for Human Rights, Angelita Baeyens, también destacó la importancia del caso de Tulio Álvarez y coincidió con Lanza en que este ha sido uno más en una serie importante de casos que configuran «un modelo de amedrentamiento» hacia el periodismo y la prensa libre.
Sostuvo que en las Américas «vamos por buen camino», pues varios países eliminaron los «delitos típicos» contra el periodismo, como el desacato o la difamación.
Sin embargo, para Baeyens, «donde hay una tendencia claramente negativa y creciente es en la aplicación de otros tipos penales. Estamos viendo en países con contextos autoritarios, como el de Nicaragua, la utilización de tipos penales muy amplios y ambiguos, como los delitos de terrorismo o de atentar contra la seguridad nacional. Son medidas que generan pánico y de las que vemos una utilización creciente», sostuvo.
«Cualquier información es utilizada para acusar al periodista, así es muy difícil defenderlo; y como son delitos graves, se incluye además la detención de la persona.
Esto se diferencia de los casos de desacato o de difamación, porque en estos últimos la libertad de la persona no se ve comprometida durante el proceso. En los primeros hay implicaciones que no son evidentes a primera vista y que son gravísimas para el periodista, por más que luego el proceso no termine en condena», agregó.
Saliendo del ámbito penal y yendo al civil y administrativo, Baeyens señaló cómo se utilizan otras formas de reglamentación y otras leyes para hostigar y sancionar: «Con ello se cuenta con un efecto de amedrentamiento a futuro, que se traduce en general como autocensura entre los periodistas», dijo.
No se trata solamente de «multas, demandas millonarias, sanciones. Está también el uso del régimen tributario u otras formas de acoso a nivel administrativo con reglamentaciones». Según Baeyens, se buscan faltas para castigar a periodistas y organizaciones que estén en la mira de ciertos gobiernos latinoamericanos. Baeyens apunta a cómo se usan «mecanismos legales o administrativos que en apariencia son neutrales, pero en los que hay una intención clara de castigar y amedrentar a un periodista por su trabajo».
«Es una receta tóxica: tenemos no solamente un sistema judicial que no aplicará el régimen legal con las garantías adecuadas y de manera independiente, sino además un régimen legal en sí mismo que puede interpretarse de manera caprichosa. Esto conforma una suerte de menú en el que se pueden escoger delitos para perseguir y acallar voces, principalmente voces de periodistas», dijo.
Un ejemplo para entender este uso de la Ley es el de las periodistas mexicanas Claudia García Fragoso y Teresa Cárdenas. Fragoso y Cárdenas fueron acusadas de «compra de votos» mientras cubrían la jornada electoral de 2015. De acuerdo con notas de prensa y otros reportes de organizaciones civiles, las dos periodistas fueron arrestadas y agredidas después de filmar la detención violenta de personas que, a su vez, habían sido acusadas de delitos electorales. El caso ilustra uno de los modos en los que se aplican tipos penales que en la teoría están totalmente desconectados del periodismo.
Con este mar de fondo, la decisión de la Corte IDH en el caso de Tulio Álvarez puede constituir un elemento fundamental en la lucha por eliminar estos instrumentos que, de modo ladino, amordazan intimidan y cercenan la libre expresión.