El fallo, el primero de esta envergadura en este ámbito en los últimos 20 años, sienta un precedente importante a favor de la protección de la libertad de prensa en la era digital.
Este artículo fue publicado originalmente en rsf.org el 19 de mayo de 2020.
En un veredicto muy esperado emitido esta mañana, el Tribunal Constitucional alemán ha puesto fin a la vigilancia masiva sin un motivo concreto del tráfico global de Internet por parte del Servicio de Inteligencia alemán (Bundesnachrichtendienst, BND). El fallo, el primero de esta envergadura en este ámbito en los últimos 20 años, sienta un precedente importante a favor de la protección de la libertad de prensa en la era digital.
La ley del BND ignora la libertad de telecomunicaciones garantizada en el artículo 10 de la Ley Fundamental alemana, puesto que no reconoce que estas prácticas de vigilancia extranjera también están sujetas a la Ley Fundamental, ha afirmado el tribunal. A la hora de remodelar la ley del BND, el órgano legislativo deberá tener en cuenta que la vigilancia extranjera sin justificación concreta solo es posible en casos muy restringidos. Debe garantizarse una protección especial a grupos de personas vulnerables como las y los periodistas. También deberán aplicarse restricciones más duras a la vigilancia selectiva de personas. Además, la vigilancia a nivel internacional debe ser controlada de forma mucho más efectiva por órganos independientes con soberanía presupuestaria. Así pues, la sentencia establece nuevos estándares en la protección de los Derechos Humanos y a favor de la libertad de prensa.
“El Tribunal Constitucional alemán ha subrayado una vez más la importancia de la libertad de prensa. Nos complace que Karlsruhe ponga freno a la creciente vigilancia en el extranjero llevada a cabo por el Servicio de Inteligencia alemán”, ha declarado Christian Mihr, director general de RSF en Alemania.
Seis periodistas internacionales, incluidos los renombrados periodistas de investigación Khadija Ismajilova y Blaz Zgaga, interpusieron la demanda constitucional contra la ley vigente del BND juntamente con Reporteros sin Fronteras (RSF), la ONG por los derechos civiles Gesellschaft für Freiheitsrechte y cuatro organizaciones alemanas de medios de comunicación.
La Ley alemana de inteligencia de señales de extranjeros en el extranjero, que regía la actividad del Servicio de Inteligencia, declaraba legales prácticas ya existentes de espionaje masivo internacional reveladas por Edward Snowden en 2013. Periodistas y organizaciones de la sociedad civil dieron la voz de alarma por su potencial efecto intimidatorio para quienes denuncian irregularidades y corrupción y para el periodismo de investigación en unos tiempos en los que la mayoría de comunicaciones se realizan en línea.
Los y las demandantes argumentaron que el Artículo 1 de la Ley Fundamental alemana obliga al Gobierno alemán a respetar los derechos fundamentales, independientemente de si actúa en Alemania o en el extranjero. La ciudadanía de estados extranjeros también tiene derecho a la privacidad, afirmaron, lo que significa que el Servicio de Inteligencia no puede interceptar las comunicaciones ni el tráfico en Internet de personas extranjeras fuera de Alemania sin restricciones, como actualmente permite la ley del BND. El Tribunal Constitucional alemán lo ha corroborado de forma inequívoca al dictaminar que el Artículo 10 de la Ley Fundamental garantiza la privacidad de las comunicaciones en línea.
Fue precisamente este compromiso con los derechos fundamentales, negado por el Servicio de Inteligencia, lo que motivó a las y los periodistas demandantes extranjeros a presentar su denuncia ante el Tribunal Constitucional. La mera posibilidad de estar bajo vigilancia permanente obstaculiza su labor, ya que les impide construir relaciones de confianza con sus fuentes. Ahora esperan que la sentencia del Tribunal Constitucional alemán también establezca estándares para las actividades de los servicios de inteligencia de otros Estados.
Información adicional:
Más de siete años después de que Edward Snowden pusiera al descubierto un sistema global de vigilancia masiva, el Tribunal Constitucional alemán, la máxima instancia del país, ha dictado sentencia sobre la legalidad de la participación alemana en este espionaje global. A raíz del escándalo del NSA, una Comisión de Investigación parlamentaria sacó a la luz los profundos vínculos entre los Servicios de Inteligencia de EE. UU. y el BND alemán, tras lo que la gran coalición, que entonces gobernaba, aprobó una nueva ley del BND. Sin embargo, en lugar de fijar límites claros al Servicio de Inteligencia, el Gobierno alemán simplemente legalizó el espionaje prácticamente ilimitado en el extranjero, pese a las masivas protestas de la sociedad civil.
Reporteros sin Fronteras y la Sociedad para las Libertades Civiles (GFF, por sus siglas en alemán) crearon una alianza de prestigiosos periodistas internacionales y organizaciones de medios de comunicación. Presentaron conjuntamente una demanda ante el Tribunal Constitucional contra la ley del BND a finales de 2017. Entre otras cosas, las y los demandantes temían que la ley menoscabara la protección de las fuentes: si los servicios secretos podían recabar y analizar todas las comunicaciones, las personas de contacto en todo el mundo perderían gradualmente la confianza en los medios y, en el peor de los casos, dejarían de reportar irregularidades a la prensa. De este modo, el BND también estaba minando el secreto editorial alemán, por ejemplo, al espiar a medios extranjeros que colaboraban con medios de comunicación alemanes en proyectos de investigación internacionales de gran envergadura como los papeles de Panamá.
Más información, incluida la demanda constitucional en la que se basa la sentencia, en https://notrustnonews.org/.