(RSF/IFEX) – RSF se felicita de que, el 16 de octubre de 2007, la Cámara de Representantes aprobara masivamente a favor de la proposición de ley sobre la libre circulación de la información («Free Flow of Information Act»), reconociendo a los periodistas el derecho a la protección de sus fuentes, a nivel federal. La organización […]
(RSF/IFEX) – RSF se felicita de que, el 16 de octubre de 2007, la Cámara de Representantes aprobara masivamente a favor de la proposición de ley sobre la libre circulación de la información («Free Flow of Information Act»), reconociendo a los periodistas el derecho a la protección de sus fuentes, a nivel federal. La organización espera que se convalide in fine la versión más ambiciosa del texto presentada en el Senado, y está preocupada por la amenaza de veto presidencial esgrimida al conocerse la votación de la cámara baja.
«El voto de los representantes constituye un paso importante porque termina con un statu quo absurdo. ¿Cómo se puede justificar durante más tiempo que las legislaciones de 32 Estados de la Unión, y el Distrito de Columbia, reconozcan a la prensa el derecho, aunque relativo, de la protección de las fuentes, y no lo haga la legislación federal? Esa situación insostenible ha hecho posible que, con la excusa de «atentado a la seguridad nacional», se haya encarcelado abusivamente a periodistas que se negaron a entregar a jueces federales los nombres de sus informadores y el material, incluso aunque su trabajo no tuviera nada que ver con ella. Lamentamos, sin embargo, las numerosas concesiones que se han hecho, en el texto votado el 16 de octubre, a un gobierno federal que ha hecho retroceder las libertades públicas y que ya amenaza con oponer su veto a la ley. La proposición de ley elaborada en la cámara alta nos parece más ambiciosa y adecuada. Llamamos a los senadores a mantenerla», ha declarado RSF.
El 16 de octubre la Cámara de Representantes, cámara baja del Congreso, aprobó por 398 votos contra 21 la ley de libre circulación de la información – anteriormente llamada ley-escudo («shield law») – que concede a los periodistas el derecho a la protección de sus fuentes a nivel federal. El texto ya fue aprobado por el comité judicial de la Cámara el pasado 1 de agosto y, con una formulación diferente, por el comité judicial del Senado el 4 de octubre.
Las dos proposiciones de ley, una aprobada en la Cámara y otra en discusión en el Senado, conceden a los periodistas un «privilegio cualificado», y por tanto relativo, y no un «privilegio absoluto», en materia de protección de las fuentes. Dicho de otra manera, la prensa puede tener que entregar la identidad de sus contactos a la justicia federal solo en determinados casos.
En el texto aprobado en la Cámara el 16 de octubre se levanta el secreto de las fuentes para las siguientes excepciones:
– en el marco de una investigación criminal siempre que haya motivos para pensar que «el testimonio o el documento buscado es crucial para la investigación, para la acusación o para la defensa contra la acusación, o para poder llevar bien el caso»;
– «la revelación de la identidad de la fuente es necesaria para la prevención de un acto de terrorismo contra Estados Unidos o sus aliados», o en caso de «atentado significativo y consecuente para la seguridad nacional»;
– «para prevenir un crimen o un atentado serio a personas»;
– «para identificar a una persona que haya traicionado un acuerdo comercial» o «que posea información relativa a la salud pública»;
– En el caso «en que el interés público en la revelación de una fuente o de un documento prime sobre el interés público en recoger o difundir informaciones, la noción de «interés público» se convierte en un auténtico problema.
Siempre según el texto aprobado por la Cámara, el privilegio cualificado del secreto de las fuentes se aplica únicamente a personas cuya información «constituye la parte esencial de su actividad y de sus rentas», lo que excluye a los bloggers aficionados y a los estudiantes de periodismo, y lleva a una definición restrictiva de la profesión. La protección de las fuentes no vale ante la justicia federal para:
– los representantes o agentes de una autoridad extranjera;
– las organizaciones consideradas terroristas, ya sean extranjeras o locales.
La versión del Senado, avalada por su comité judicial, contiene ya una definición menos restrictiva del oficio de periodista y, a priori, se aplica a todos cuantos están «comprometidos en una actividad periodística» sin que necesariamente tengan que obtener un beneficio económico de ella. Por otra parte, amplia las restricciones relativas al terrorismo y a la prevención de actos criminales a los raptos y secuestros. En cambio, no plantea ninguna otra de las restricciones mencionadas en el texto de la Cámara.