(ARTICLE 19/IFEX) – Lo que sigue es un comunicado de prensa de ARTICLE 19, con fecha del 16 de mayo de 2008: México: Coahuila es el primer Estado en tipificar el delito de homicidio contra personas en función de su actividad dentro del periodismo. El 13 de mayo de 2008, la LVII Legislatura del Congreso […]
(ARTICLE 19/IFEX) – Lo que sigue es un comunicado de prensa de ARTICLE 19, con fecha del 16 de mayo de 2008:
México: Coahuila es el primer Estado en tipificar el delito de homicidio contra personas en función de su actividad dentro del periodismo.
El 13 de mayo de 2008, la LVII Legislatura del Congreso del Estado de Coahuila aprobó las reformas necesarias para considerar el homicidio de personas en función de su actividad dentro del periodismo. Además, este delito será equiparable a homicidio calificado, esto es, el delito será considerado grave y los responsables podrán alcanzar hasta una pena de 60 años de prisión.
Con la finalidad de implementar mecanismos necesarios para inhibir las conductas que atenten contra la seguridad y la vida de quienes ejercen la función del periodismo, las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia del Congreso del Estado de Coahuila emitieron el dictamen por el que se reforman diversos artículos del Código Penal del Estado de Coahuila, del Código de Procedimientos Penales del Estado de Coahuila y de la Ley de Asistencia Social para el Estado de Coahuila, mismo que fue aprobado por el pleno del Congreso el 13 de mayo.
Dentro de las consideraciones expuestas en el dictamen, se establece que el asesinato, secuestro, las presiones, la intimidación y la impunidad de los agresores, entre otras, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa.
Con la aprobación de esta iniciativa, el Código Penal preverá el delito específico de homicidio contra personas en función de su actividad dentro del periodismo y se establecerá la aplicación de las mismas penas previstas para el homicidio calificado a los responsables. La iniciativa aprobada establece también la posibilidad de que el Estado brinde asistencia social a las y los dependientes de una persona que haya sido asesinada en función de su actividad dentro del periodismo.
ARTICLE 19 reconoce y celebra esta iniciativa del Congreso del Estado de Coahuila, la cual representa un avance significativo en la protección de la libertad de expresión y prensa.
ARTICLE 19 reitera su llamado a los Estados del país a adoptar todas las medidas necesarias que tengan como fin la prevención, investigación y sanción de toda violación a la libertad de expresión y prensa.
Esta alerta ha sido elaborado con La Fundación Prensa y Democracia (PRENDE).