(IPYS/IFEX) – La Cámara de Representantes, en sesion plenaria del 20 de junio de 2002, último día de sesiones ordinarias del Congreso, aprobo el proyecto de Ley 030, que busca desarrollar el artículo 73º de la Constitucion Nacional, y que tiene por objeto «garantizar el ejercicio del periodismo». El proyecto plantea diferencias entre periodistas con […]
(IPYS/IFEX) – La Cámara de Representantes, en sesion plenaria del 20 de junio de 2002, último día de sesiones ordinarias del Congreso, aprobo el proyecto de Ley 030, que busca desarrollar el artículo 73º de la Constitucion Nacional, y que tiene por objeto «garantizar el ejercicio del periodismo».
El proyecto plantea diferencias entre periodistas con título universitario y los que no lo poseen. De esta forma se obligaría a los medios de comunicacion públicos y privados a garantizar que sus «servicios habituales o permanentes» sean prestados a cargo de los periodistas titulados.
También propone la creacion del Consejo Nacional de Periodismo, organismo que entre sus funciones tendría la de «expedir el certificado de idoneidad a quienes ejercen la actividad profesional de periodista». También tendría a su cargo la expedicion de «las normas de ética profesional de la Comunicacion Social».
Otro de los aspectos que contempla el proyecto es que ante la no rectificacion de una noticia en equidad, daría espacio a reclamos economicos. La indemnizacion sería pagada por el periodista y de forma solidaria por el medio de comunicacion.
El proyecto aprobado recoge iniciativas de autoría de los congresistas Carlos Ramos Maldonado y Omar Armando Baquero. La ponencia a favor fue hecha por los congresistas Jorge Humberto Matilla, Boris de Jesús Polo y Marino Paz Ospina. La ponencia en contra de su aprobacion la hizo la congresista Maria Isabel Mejía Marulanda.
Para que un proyecto en Colombia pase a firma presidencial convirtiéndose en Ley de la República, es necesario que sea aprobado primero ante la comision asignada y ante la plenaria de Cámara, luego debe seguir el mismo trámite ante el Senado. Esta segunda etapa del proceso es la que le queda por seguir al mencionado proyecto.
Recommended Action
Remitir apelaciones al Senado de la República de Colombia:
– expresando su preocupacion por las medidas de este nuevo proyecto, al mismo tiempo teniendo en cuenta que las sesiones en el Congreso ya terminaron y se reanudan hasta el proximo 20 de julio con la instalacion del electo Congreso
Appeals To
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Presidencia
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