(PROBIDAD/IFEX) – Un tribunal de sentencia de la Corte Suprema de Honduras rechazó el 26 de julio de 2005, una querella por difamación y calumnia interpuesta en contra del propietario del diario «La Prensa», Jorge Canahuati Larach, por publicar una serie de reportajes relacionados con la instalación de una fábrica en las cercanías del principal […]
(PROBIDAD/IFEX) – Un tribunal de sentencia de la Corte Suprema de Honduras rechazó el 26 de julio de 2005, una querella por difamación y calumnia interpuesta en contra del propietario del diario «La Prensa», Jorge Canahuati Larach, por publicar una serie de reportajes relacionados con la instalación de una fábrica en las cercanías del principal reservorio de agua que abastece a la norteña ciudad de San Pedro Sula, a 240 kilómetros de Tegucigalpa, la capital de Honduras.
La demanda interpuesta por la empresa Embotelladora Hondureña S.A. (EMBOHSA) sostuvo que las publicaciones del diario eran inexactas y solicitaba una indemnización por 1,6 millones USD, equivalente a 30 millones de lempiras. Según los reportajes de la «La Prensa», que se edita en San Pedro Sula, la fábrica de EMBOHSA provocaría daños ecológicos al acuífero de Sunceri y el valle de Sula, donde se encuentra la principal reserva de agua potable.
En este sentido, la Sala «C» del Tribunal de Sentencias de la Corte Suprema mediante su sede regional en San Pedro Sula, dictaminó por unanimidad no aceptar la querella por considerar que «La Prensa» en ningún momento incurrió en un delito al publicar en sus reportajes un problema de interés público y general.
Los jueces basaron su fallo en el artículo 7 de la Ley de Emisión del Pensamiento de Honduras, que establece que: «Los periodistas y escritores tienen libertad para hacer las versiones que consideren oportunas, con motivo de las declaraciones hechas por cualquier autoridad, funcionario o empleado público, representante de corporación o persona jurídica o individual». Los jueces sostienen que los trabajos del diario «La Prensa» se basaron apegados a este principio.
En este sentido, sostuvo el Tribunal de Sentencias, los delitos de difamación por calumnias e injurias graves de que se acusa a Canahuati carecen de fundamento pues al permitir dichas publicaciones, éste no incurrió en delito alguno y por tanto, «éste Tribunal no encuentra mérito alguno para declarar admisible la presente querella» (para el texto completo del fallo, ver http://probidad.org/blogs/defensa/AD_20050529_02.pdf )
Canahuati, propietario también del diario «El Heraldo», que se edita en Tegucigalpa, la capital, evitó de esta forma acudir a una audiencia de conciliación y logró cerrar un caso que según el Colegio de Periodistas de Honduras, atentaba contra el ejercicio de la libertad de expresión. Tanto «La Prensa» como «El Heraldo» en sus planas destacaron el «triunfo de la libertad de expresión y la justicia» en este país centroamericano.
La querella contra Canahuati era la primera que se interponía contra un dueño de medios masivos de comunicación en los últimos 25 años en Honduras; y la resolución del Tribunal de Sentencias también ha sido histórica por la rapidez actuada en el fallo y los argumentos expuestos.