El 3 de diciembre de 2015, la Asamblea Nacional aprobó un paquete de enmiendas a la Constitución propuestas por el bloque de asambleístas del oficialismo. Uno de los cambios constitucionales convierte a la comunicación como servicio público, lo que implica un grave retroceso y vulneración al derecho a la libertad de expresión.
Este artículo fue publicado originalmente en fundamedios.org el 3 de diciembre de 2015.
El 3 de diciembre de 2015, con 100 votos a favor, ocho en contra y una abstención, la Asamblea Nacional, en la sesión 360, aprobó un paquete de 15 enmiendas a la Constitución propuestas por el bloque de asambleístas del oficialismo. Uno de los cambios constitucionales convierte a la comunicación como servicio público, lo que implica un grave retroceso y vulneración al derecho a la libertad de expresión.
Tras 10 horas de debate, la Asamblea Nacional, aprobó que el artículo 384 de la Carta Magna sea modificado para incluir el siguiente párrafo: La comunicación como un servicio público se prestará a través de medios públicos, privados y comunitarios”. De esta manera, el mencionado artículo, que se ubica en la sección séptima de la Constitución bajo el título de “Comunicación Social” quedaría así: “La comunicación como un servicio público se prestará a través de medios públicos, privados y comunitarios. El sistema de comunicación social asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación ciudadana…”
El 26 de junio de 2014, el bloque de asambleístas del oficialismo, liderado por la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, entregó a la Corte Constitucional el proyecto para cambiar la Carta Magna con un número inicial de 17 enmiendas. La inclusión de la enmienda referente a la comunicación responde a una propuesta que presentó en meses pasados el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información (Cordicom). Sin embargo, fue el Presidente de la República quien el pasado 18 de junio, durante su intervención en la Comisión Permanente de Formación Política del movimiento oficialista Alianza País sugirió a sus integrantes profundizar en cuestiones verdaderamente revolucionarias y se preguntó “¿por qué no hacer una enmienda constitucional” para “establecer que la comunicación y particularmente la información no es un simple negocio privado” sino “un servicio público que tiene que estar garantizado para la sociedad en forma adecuada?”, en declaraciones recogidas por diario El Comercio.
Antes de que se reforme la Constitución, la Ley Orgánica de Comunicación, en su artículo 79, ya introdujo el concepto de que la comunicación es un servicio público al señalar que “…la comunicación social que se realiza a través de los medios de comunicación es un servicio público que deberá ser prestado con responsabilidad y calidad, respetando los derechos de la comunicación establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y contribuyendo al buen vivir de las personas…” Este concepto fue ampliamente cuestionado por inconstitucional y atentatorio a los tratados internacionales.
Fundamedios advierte sobre las adversas consecuencias que representa el hecho de que el Estado adquiera la titularidad de un derecho humano que desde hoy en el Ecuador será un “servicio público”. La reforma constitucional se debe, vincular a los artículos 314, 315 y 316 de la misma Constitución donde se definen las condiciones en qué el Estado interviene en la prestación de los servicios públicos y señala: “La Constitución señala, en su artículo 314, que “el Estado es el responsable de la provisión de los servicios públicos…” y establece que el Estado es el encargado de garantizar “que los servicios públicos y su provisión respondan a los principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad. El Estado dispondrá que los precios y tarifas de los servicios públicos sean equitativos, y establecerá su control y regulación”.
El artículo 315 de la constitución establece que “El Estado constituirá instituciones públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos (…) Las empresas públicas estarán bajo la regulación y el control específico de los organismos pertinentes…”
Fundamedios llama a los ciudadanos ecuatorianos y a la comunidad internacional a estar vigilantes sobre cualquier intento del Gobierno ecuatoriano de estatizar y tomar el control de un sistema de medios que ya en este momento afronta las consecuencias de una concentración de poder estatal desmedido. Así mismo, pide estar alertas si es que se intenta avanzar al control sobre los contenidos de la plataforma de Internet y otros sistemas de comunicación actualmente no controlados por el Estado.