(RSF/IFEX) – Reporteros sin Fronteras se siente aliviada al saber que, el 14 de noviembre de 2008, se ha puesto en arresto domiciliario a Adolfo Cerrudo. El 29 de octubre, este líder del grupo radical progubernamental Comité Cívico Popular, participó, con otros 200 militantes, en la agresión de una decena de periodistas que se encontraban […]
(RSF/IFEX) – Reporteros sin Fronteras se siente aliviada al saber que, el 14 de noviembre de 2008, se ha puesto en arresto domiciliario a Adolfo Cerrudo. El 29 de octubre, este líder del grupo radical progubernamental Comité Cívico Popular, participó, con otros 200 militantes, en la agresión de una decena de periodistas que se encontraban delante de la cárcel de San Pedro de La Paz, donde está internado el antiguo prefecto de oposición Leopoldo Fernández, detenido y encarcelado tras la masacre cometida el 11 de septiembre en Pando (Norte). Expedientado por amenazar de violación a una periodista del diario privado «La Razón», por decisión judicial Adolfo Cerrudo tenía prohibido acercarse a miembros de los medios de comunicación, para poder disfrutar de la libertad condicional.
Tras una vista, en la que un informe de evaluación psicológica reveló las «tendencias violentas y agresivas» del acusado, a Adolfo Cerrudo se le ha prohibido salir de su residencia, excepto para comparecer judicialmente. Desde el 17 de noviembre la policía vigila su domicilio, después de que al día siguiente de la sentencia se saltara el arresto domiciliario. «Este tipo de medidas preventivas son una protección necesaria para la seguridad de todos los periodistas y esperamos que vayan seguidas de la condena de Adolfo Cerrudo, con el fin de que los activistas radicales – tanto los que se reivindican progubernamentales como de la oposición – que frecuentemente toman como objetivo, con total impunidad, a los miembros de los medios de comunicación, lo interpreten como un gesto claro dirigido a ellos», ha declarado la organización.
Para mayor información sobre el caso de la periodista de «La Razón», ver: http://ifex.org/es/content/view/full/95776