El 30 de julio el Congreso de Sinaloa aprobó cambios a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado, que prohíben a los medios de comunicación acceder a escenas de crimen y a fotografiar, grabar o filmar a los delincuentes.
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) rechazó la inclusión de un artículo en la Ley de la Procuraduría de Justicia del estado de Sinaloa en México, por considerarlo un acto grave de censura que limita la cobertura periodística de los medios sobre hechos de interés público.
El 30 de julio el Congreso de Sinaloa aprobó, por unanimidad de sus 40 legisladores, cambios a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado, entre ellos el nuevo artículo 51 Bis que prohíbe a los medios de comunicación acceder a escenas de crimen y a fotografiar, grabar o filmar a los delincuentes.
Si bien disposiciones similares se contemplan en legislaciones similares, lo grave de esta medida es que impide a los funcionarios hacer declaraciones o dar entrevistas, mientras que limita la información a los boletines de prensa de la Procuraduría, con la excusa de que se “cumpla con los requisitos marcados por las leyes en materia de transparencia”.
La disposición entró en vigencia luego de publicarse de manera inmediata en la edición vespertina del periódico oficial del gobierno del estado.
El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Claudio Paolillo, expresó que “esas restricciones constituyen una clara censura a la cobertura periodística sobre hechos que la ciudadanía tiene derecho a conocer y son de alto interés público”.
Organizaciones de prensa nacionales, medios e intelectuales han condenado este nuevo mandato por atentar contra las libertades de prensa y de expresión. Varios congresistas respondieron a las críticas prometiendo que suprimirán el nuevo artículo en una sesión legislativa extraordinaria a realizarse el 21 de agosto.
Paolillo, director del semanario Búsqueda de Uruguay, expresó que la SIP se mantendrá alerta ante el compromiso de que se eliminará esta nueva disposición de censura, contraria a lo consignado en la Constitución federal mexicana.
En 2011, la SIP se había pronunciado contraria a la intención de ese Congreso de aprobar una ley de protección para periodistas que, más allá de las buenas intenciones, incluía la obligación de que se debían registrar las investigaciones periodísticas lo que atentaba contra el secreto de las fuentes, la independencia informativa y otras normas sobre libertad de prensa y de expresión.