(FLIP/IFEX) – Dos días antes de su emisión, el programa periodístico «Séptimo Día», de la televisora Canal Caracol, recibió un oficio de la Fiscal 287 local de Bogotá en el que le solicita entregar el archivo periodístico sobre la investigación que planeaba transmitir, y a su vez le ordena que se abstenga de sacarla al […]
(FLIP/IFEX) – Dos días antes de su emisión, el programa periodístico «Séptimo Día», de la televisora Canal Caracol, recibió un oficio de la Fiscal 287 local de Bogotá en el que le solicita entregar el archivo periodístico sobre la investigación que planeaba transmitir, y a su vez le ordena que se abstenga de sacarla al aire.
Según el productor general de «Séptimo Día», Francisco Bohórquez, el programa pretendía denunciar el caso de una esteticista que realiza procedimientos quirúrgicos de manera irregular y sin autorización legal. La fuente principal de la historia es una paciente de ésta, que presenta graves problemas de salud como consecuencia de esos procedimientos y quiso hacer pública su situación. El 25 de abril 2008, después de recibir la comunicación firmada por la fiscal Edna Patricia Cabrera, las directivas del Canal Caracol y de «Séptimo Día» optaron por no transmitir el programa.
El oficio en mención, en el marco de una investigación por el delito de lesiones personales dolosas y responsabilidad médica, dice: «Se le solicita allegar la mayor información obtenida por ustedes a este Despacho, a fin sirvan para el esclarecimiento de los presentes hechos». Más adelante continúa: «Teniendo en cuenta que la investigación que nos ocupa y las pruebas aportadas al mismo son necesarias y de reserva sumarial, se ordena se abstengan de emitir lo tendiente al aire».
Manuel Teodoro, directo de ‘Séptimo Día’, se mostró extrañado por la decisión. Aseguró que la única investigación que existía era la que ellos adelantaban. Le pareció sorpresivo que justo antes de emitir el programa hubiera aparecido un proceso en la Fiscalía. «Considero que esto es un atentado contra el derecho del público a saber que hay una amenaza contra su bienestar. Es además un precedente muy peligroso», añadió.
El artículo 20 de la Constitución prohíbe la censura, lo cual incluye la imposición de controles previos, ya sean legales o de hecho, para divulgar cualquier tipo de información. La reserva sumarial no es aplicable a la información obtenida por particulares, más aún si ésta es de interés general y no constituye una prueba judicial. De la misma forma, el material periodístico no publicado hace parte de la reserva de la fuente, protegida constitucionalmente.
La FLIP rechaza la decisión de la Fiscal 287 local de Bogotá por constituir una violación a la libertad de prensa y un desconocimiento de la Constitución Política de Colombia, la legislación vigente y los tratados internacionales. Por último, exhorta a la Fiscalía General de la Nación para que investigue esta actuación.