Según el grupo, la forma en la que se pretende garantizar los derechos de la igualdad y no discriminación a través de los artículos 16 y 23 de la ley atenta contra la libertad de expresión.
(IPYS/IFEX) – el 13 de octubre de 2010 – La Secretaría Pro Tempore del Grupo Andino por la Libertad de Información (GALI), a cargo de la organización ecuatoriana Fundamedios, hizo la entrega de una carta dirigida al Presidente de Bolivia, Evo Morales, con ocasión de su visita a Quito. En la carta el consorcio expresó su rechazo a la inclusión de los artículos 16 y 23 en la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, aprobada el 8 de octubre, por la Cámara de Senadores de Bolivia. Al mismo tiempo, dio a conocer su solidaridad con la protesta de su socio, la Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANP), y de los periodistas de ese país, que luchan valerosamente contra una legislación amenazante para la prensa.
El GALI es un consorcio de organizaciones defensoras de las libertades informativas integrado por FUNDAMEDIOS de Ecuador, el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS) de Perú, Colombia y Venezuela y la ANP de Bolivia.
Si bien el GALI comparte y apoya el espíritu general de la norma, imprescindible en favor de la defensa de los derechos a la igualdad y no discriminación en Bolivia, la forma en la que se pretende garantizar tales derechos a través de los artículos 16 y 23 de la citada ley atenta contra la libertad de expresión reconocida en el Artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
En efecto, conforme al Inciso 5 del Artículo 13 del referido tratado, del cual Bolivia es suscriptor, lo único que los Estados pueden prohibir y por ende sancionar es «. . . toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia . . .».
Sin embargo, las normas en cuestión sancionan, tanto en la vía administrativa al medio de comunicación, como en la vía penal a los periodistas y propietarios de medios, únicamente la mera difusión de ideas que pueden ser consideradas racistas. Con lo cual, introducen un amplio margen de arbitrariedad en la calificación de dicho concepto, propiciando limitaciones desproporcionadas y por ende ilegítimas a la libertad de expresión, pues criminalizan su ejercicio.
Los problemas de contrariedad a la libertad de expresión de las normas en cuestión no se pueden solventar por vía reglamentaria, toda vez que ello afectaría el principio de legalidad al que se encuentran sometidos los derechos fundamentales en el Estado constitucional. Así, el contenido y la garantía de la libertad de expresión no puede estar librada a la decisión del Poder Ejecutivo, sino que debe estar asegurada a través de una Ley en sentido estricto, es decir emanada del Congreso.
Por ende, la única posibilidad de corregir los problemas que plantean tales artículos es derogarlos y adecuar la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación al Artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y demás estándares internacionales de protección a la libertad de expresión.
Por las consideraciones expuestas, el GALI exhorta al Poder Ejecutivo y al Congreso bolivianos que procedan en consecuencia y, en tal sentido, respalda a la ANP y demás organizaciones representantes de la prensa boliviana en su protesta frente a las normas cuestionadas. Del mismo modo, el GALI se une a las demás organizaciones internacionales y bolivianas que se han pronunciado en contra de esta regulación contraria a la libertad de expresión.
El GALI se mantendrá vigilante al curso que tomen los acontecimientos en Bolivia con relación a los cuestionados artículos de la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación.