IFEX-ALC manifiesta su profunda preocupación con la aprobación de la Ley de Ciberdelitos el pasado 27 de octubre por la Asamblea Nacional de Nicaragua. La ley establece delitos cuya definición es bastante abstracta y que pueden dar margen a interpretaciones abusivas, además de criminalizar actividades que hacen parte del ejercicio legítimo de la libertad de expresión.
Según el texto aprobado, el objetivo de la norma es prevenir, investigar, perseguir y sancionar los delitos cometidos “por medio de las tecnologías de la información y la comunicación, en perjuicio de personas naturales o jurídicas”.
En su artículo 28, la ley establece penas de cárcel para delitos en contra del honor, contrariando estándares internacionales establecidos sobre el tema, según los cuales solo puede hacerse uso de sanciones civiles y de forma ulterior para esos casos.
Por otro lado, el artículo 30 de la ley criminaliza la propagación de noticias falsas o tergiversadas a través de las tecnologías de comunicación e información. Es extremadamente inquietante que un tipo penal tan abstracto sea aplicado a la circulación de contenidos e información en línea. Este artículo también hace referencia a los delitos en contra el honor, lo que además crea redundancia y confusión jurídica.
Como fue aprobada, la norma podría facilitar violaciones a la libertad de expresión, bien sea generando autocensura, o a través de la imposición de la censura por la vía judicial. Normas como esta constituyen una amenaza constante contra voces críticas y limitan el entorno de intercambio y flujo de información que caracteriza un espacio cívico abierto.
En un país como Nicaragua, que se encuentra en una crítica situación de crisis de los derechos humanos, la Ley de Ciberdelito podría servir para generar intimidación y amenazar el ejercicio periodístico independiente.
Además de la Ley de Ciberdelitos, recientemente se aprobó la “Ley de Regulación de Agentes Extranjeros” que “tiene como objeto establecer el marco jurídico de regulación aplicable a las personas naturales o jurídicas nacionales o de otra nacionalidad que respondiendo a intereses y obteniendo financiamiento extranjero, utilicen esos recursos para realizar actividades que deriven en injerencia de Gobiernos, organizaciones o personas naturales extranjeras en los asuntos internos y externos de Nicaragua, atentando contra la independencia, la autodeterminación y la soberanía nacional, así como la estabilidad económica y política del país.”
Organizaciones internacionales y nacionales han señalado el riesgo de esta legislación, que obliga a dichos “agentes extranjeros” a registrarse ante autoridades administrativas y a entregar información operacional, de lo contrario se exponen a duras sanciones administrativas.
Finalmente, es importante mencionar que actualmente se encuentra en análisis en la Asamblea Nacional un proyecto de ‘ley de odio’. La propuesta está vinculada a una iniciativa del presidente Daniel Ortega cuyo objetivo es «castigar con cadena perpetua a quienes cometan lo que denominan crímenes de odio».
IFEX-ALC considera alarmantes estas iniciativas legislativas en el contexto actual de Nicaragua. Ese tipo de normativas restrictivas buscan establecer el control del ecosistema informativo y cívico del país y son característicos de regímenes autoritarios.
Las 24 organizaciones pertenecientes a la red IFEX-ALC emplazamos al Estado Nicaragüense a:
- Abstenerse de utilizar el aparato estatal para atacar y censurar las voces críticas y cerrar el espacio cívico.
- Cumplir los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Nicaragua, los cuales garantizan el ejercicio pleno del periodismo profesional e independiente para ofrecer información confiable sobre los asuntos de interés público, y protegen el derecho de la ciudadanía a estar informada.
Sobre IFEX-ALC:
IFEX-ALC, de la red global de IFEX, está integrada por 24 organizaciones en 14 países de América Latina y el Caribe dedicadas a la defensa de la libertad de expresión y la prensa libre.