(IPYS/IFEX) – El Jurado Electoral Especial (JEE) de San Martín ha puesto en una situación de cierre inminente al diario regional «Aldía», al imponerle el 11 de abril de 2006 una multa de 102 mil soles (aproximadamente 30,000 USD) por publicar el 14 de marzo una encuesta electoral sin estar inscrito en el Registro Electoral […]
(IPYS/IFEX) – El Jurado Electoral Especial (JEE) de San Martín ha puesto en una situación de cierre inminente al diario regional «Aldía», al imponerle el 11 de abril de 2006 una multa de 102 mil soles (aproximadamente 30,000 USD) por publicar el 14 de marzo una encuesta electoral sin estar inscrito en el Registro Electoral de Encuestadores del Jurado Nacional de Elecciones.
«Aldía» es nuevo en el medio, pues salió a la circulación el 13 de febrero de este año cubriendo las principales ciudades de la región San Martín y así como de la provincia de Alto Amazonas (Loreto). Desde el inicio se ha especializado en investigar la corrupción judicial en dicha zona.
El JEE de San Martín, cuyo presidente es un juez de Tarapoto, se basó únicamente en la inobservancia de la formalidad del registro para imponer esta multa desproporcionada. En este sentido, el órgano electoral ha incumplido la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) al sancionar al diario sin observar el principio de razonabilidad.
El principio de razonabilidad está señalado en el artículo 230 inciso 3 de la LPAG. Según este principio, toda entidad pública que ejerza la potestad sancionadora debe «prever (. . . ) que la determinación de la sanción considere criterios como la existencia o no de intencionalidad, el perjuicio causado, las circunstancias de la comisión de la infracción y la repetición en la comisión de infracción». Según IPYS, la sanción no se basa en ninguna evaluación de este tipo y constituye, por lo tanto, una restricción indirecta a la libertad de expresión, prohibida expresamente por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Además, en la resolución del JEE de San Martín no se hace referencia al posible perjuicio causado por «Aldía» al publicar la encuesta. Tampoco se ha valorado el descargo del diario reconociendo que no estaba informado sobre la obligación del registro. La entidad tampoco tomó en cuenta la juventud del medio de comunicación ni su disposición de enmendar el error.
Por ello, IPYS solicita al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que preste especial atención al caso puesto que podría tratarse de un grave precedente en contra de la libertad de expresión y de prensa. También, invoca al JNE para que revise la sanción impuesta por el JEE de San Martín y la revoque, si se diera a lugar, o la modifique, de manera que la multa y la forma de pago no pongan en peligro la existencia del diario.
IPYS considera que la multa es desproporcionada. «Aldía» es una publicación con menos de dos meses de creación y un tiraje de mil ejemplares diarios. El medio ha apelado el fallo.