(CPJ/IFEX) – Lo que sigue es un comunicado de prensa del CPJ, con fecha del 26 de febrero de 2003: COSTA RICA: La Corte Interamericana conocerá caso de difamacion Nueva York, 26 de febrero del 2003 – La Corte Interamericana de Derechos Humanos indico la semana pasada que conocerá el caso del periodista costarricense Mauricio […]
(CPJ/IFEX) – Lo que sigue es un comunicado de prensa del CPJ, con fecha del 26 de febrero de 2003:
COSTA RICA: La Corte Interamericana conocerá caso de difamacion
Nueva York, 26 de febrero del 2003 – La Corte Interamericana de Derechos Humanos indico la semana pasada que conocerá el caso del periodista costarricense Mauricio Herrera Ulloa, procesado penalmente por el delito de difamacion en 1999. Un fallo sentaría un precedente para determinar si los procesos penales por difamacion son permisibles bajo la ley internacional.
El 3 de febrero, la Comision Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) elevo el caso a la Corte Interamericana, y solicito la anulacion de la sentencia contra Herrera Ulloa con el argumento de que viola el derecho a la libertad de expresion del periodista como establece la Convencion Americana sobre Derechos Humanos.
Los países como Costa Rica que han aceptado la jurisdiccion de la Corte Interamericana están legalmente obligados a aceptar sus decisiones. Tanto la CIDH como la Corte Interamericana son entidades de la Organizacion de los Estados Americanos (OEA).
«Este es un acontecimiento significativo con repercusiones legales de envergadura», afirmo el director en funciones del CPJ, Joel Simon. «Estamos contentos de que la CIDH haya elevado el caso a la Corte Interamericana y esperamos que cualquier fallo siente un precedente positivo para otros casos de procesamientos penales por difamacion en la region».
El 12 de noviembre de 1999, el Tribunal Penal de Juicio del Primer Circuito Judicial de San José, la capital de Costa Rica, condeno a Herrera Ulloa y al diario La Nacion por difamacion. El caso se baso en artículos de 1995 publicados en La Nacion que citaban notas de medios europeos en los que se imputaban actos de corrupcion al ex diplomático Félix Przedborski.
El Tribunal Penal le ordeno a Herrera Ulloa que pagara a Przedborski una indemnizacion equivalente a 120 días de sueldo. Además, dictamino que el nombre del periodista fuera inscrito en el Registro Judicial de Delincuentes; y que La Nacion pagara los honorarios legales de la parte demandante y 60 millones de colones (200.000 dolares estadounidenses) por concepto de daños y perjuicios. Por último, el tribunal dispuso que La Nacion publicara fragmentos del fallo y que eliminara todos los enlaces de su página de Internet que pudieran guiar a los lectores a los artículos ofensivos.
Luego de que la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica rechazo la apelacion de La Nacion en enero del 2001, el diario y el periodista introdujeron una peticion ante la CIDH. En septiembre de ese año y a pedido de la CIDH, la Corte Interamericana adopto «medidas provisionales»ordenando a las autoridades costarricenses suspender ciertas secciones del fallo contra Herrera Ulloa y La Nacion.
El 17 de febrero del 2003, la Corte Interamericana notifico a la CIDH que conocerá el caso. De acuerdo a la CIDH, la sancion penal contra Herrera Ulloa es excesiva, desproporcionada y provoca un efecto amedrentador «acallando la emision de informacion sobre asuntos de interés público que involucran a funcionarios públicos». La CIDH también solicito a la Corte Interamericana que se ordene al Estado de Costa Rica adecuar la legislacion en materia de delitos contra el honor de acuerdo a los estándares internacionales.
Para más informacion acerca de la situacion de la libertad de prensa en Costa Rica, visitar www.cpj.org. El CPJ es una organizacion independiente sin ánimo de lucro radicada en Nueva York, y se dedica a defender la libertad de prensa en todas partes del mundo.