Anticipándose al primer aniversario de las modificaciones introducidas a la ley, ARTICLE 19 concluye que la ley impone restricciones ilegítimas a la libertad de expresión e información.
(ARTICLE 19/IFEX) – Caracas, 10 de diciembre de 2011 – Anticipándose al primer aniversario de las modificaciones introducidas a la ley sobre responsabilidad social en los servicios de radio, televisión y medios electrónicos de Venezuela, ARTICLE 19 analiza el grado de cumplimiento del texto legal con las normas internacionales sobre la libertad de expresión. Este análisis concluye que la ley impone restricciones ilegítimas a la libertad de expresión e información.
El análisis halla que la ley es violatoria del derecho internacional al imponerle a los medios en su totalidad la transmisión de una serie de contenidos obligatorios, entre los que se cuentan todos los mensajes y alocuciones gubernamentales. Establece numerosos entes regulatorios que se encuentran bajo el control del gobierno, en vez de ser independientes. También establece nuevas sanciones por una cantidad de actos punibles, que se describen con vaguedad, entre los que se cuentan fomentar zozobra en la ciudadanía y desconocer las autoridades legítimamente constituidas. Por último, la Ley contiene disposiciones muy amplias que favorecen el control del Estado sobre la Internet, en las cuales todos los medios electrónicos quedan regulados de la misma manera que lo están los medios de difusión tradicionales.
Paula Martins, directora de ARTICLE 19 América del Sur, afirmó: «La ley contiene prohibiciones de carácter vago, impone restricciones excesivas a la Internet y dispone sanciones rigurosas contra las estaciones de radio y televisión. Teniendo en cuenta que Venezuela carece de un ente regulatorio independiente para la implementación de esta ley en particular y de otras normas relacionadas con la actividad de la difusión, esta situación abona el terreno para la interferencia político-económica en los medios de comunicación».
La ley de responsabilidad social en los servicios de radio, televisión y medios electrónicos se sancionó, en su origen, en 2004 y fue polémica desde su mismo inicio. El objetivo general de la Ley es el de «establecer responsabilidad social» para todos los participantes del sector de la difusión y establecer «equilibrio entre sus deberes, derechos y intereses». Se la modificó en diciembre de 2010, de modo de aplicársela con amplitud en los medios electrónicos, entre los que se cuenta la Internet. Las modificaciones entraron en vigor en febrero de 2011. La ley generó polémica desde su inicio: sus defensores celebraron que modernizaba la estructura de las comunicaciones del país, y sus detractores vieron en ella un intento descarado del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) de hacerse del control de los medios privados de difusión.
ARTICLE 19 insta al gobierno a que modifique la ley, de modo que se incluyan medidas de protección contra interferencias arbitrarias y desproporcionadas en las estaciones de radio y televisión, y en la Internet. Además, debería asegurarse la independencia de los entes regulatorios de la difusión y se deberían eliminar las restricciones a los contenidos de la Internet, que sean poco claras.