Un año después de la derogación de las «leyes mordazas», Reporteros sin Fronteras considera que la situación de la libertad de prensa sigue siendo «preocupante» La organización denuncia que se castigue con penas de prisión los delitos de prensa y protesta por presiones del gobierno El 20 de diciembre de 1999, la Presidenta Mireya Moscoso […]
Un año después de la derogación de las «leyes mordazas», Reporteros sin Fronteras considera que la situación de la libertad de prensa sigue siendo «preocupante»
La organización denuncia que se castigue con penas de prisión los delitos de prensa y protesta por presiones del gobierno
El 20 de diciembre de 1999, la Presidenta Mireya Moscoso ratificó la ley 55 que derogaba las leyes 11 y 68, conocidas como «leyes mordazas», heredadas de la dictadura (1968-1990). Estas dos leyes autorizaban al Ministerio del Interior censurar la prensa o ordernar el cierre de periódicos. Un año después, Reporteros sin Fronteras (RSF) expresa su preocupación ante la vigencia de varias leyes que preven penas de prisión por «desacato» y «calumnia e injuria». La derogación de las «leyes mordazas» en diciembre de 1999, cuando la Sra Mireya Moscoso había asumido desde hacía apenas tres meses la Presidencia de la República, permitió esperar que pronto la legislación panameña iba a conformarse a los textos internacionales relativos a la libertad de prensa. Un año después, esta esperanza se ha desmanecido sobre todo cuando, el pasado 12 de diciembre, la Asamblea Legislativa rechazó un proyecto de ley que deroga las leyes de desacato, propuesto por el Defensor del Pueblo.
La organización pide a las autoridades panameñas que hagan todo lo posible para que las penas de prisión por delitos de prensa se supriman de la legislación panameña. La desproporción entre la pena y el delito tiene un efecto inhibitorio sobre el comunicador que perjudica tanto su derecho de informar como el de la sociedad a estar informada. Unos cuarenta periodistas tienen actualmente causas pendientes por «desacato» o «calumnia e injuria». Varias denuncias fueron presentadas por el Procurador General de la Nación, José Antonio Sossa, quien se ha convertido en la «pesadilla» de la prensa.
Por último, la organización también expresa su preocupación ante las denuncias presentadas por varios directores de medios quienes afirman haber recibido llamadas telefónicas de parte de la mandataria o de ministros para influir sobre la línea editorial de sus diarios. RSF considera que semejantes presiones son inaceptables y pide a sus autores que pongan fin a tales procedimientos.
Las leyes de desacato violan la Convención Americana sobre Derechos Humanos
El 12 de diciembre de 2000, la Asamblea Legislativa rechazó un proyecto de ley redactado por el Defensor del Pueblo, Italo Antinori Bolaños, que planteaba la derogación de todas las leyes de desacato. Estas leyes permiten a ciertos representantes del Estado penar, sin juicio previo, a los periodistas que «les ultrajen». Las sancciones pueden ser de tres días de arresto por «falta del debido respeto» a personeros municipales, hasta dos meses por «falta del debido respeto» al Presidente de la República. Así, el director del diario El Siglo, Carlos Singares, fue encarcelado ocho días a fines de julio por este motivo. La orden venía del Procurador General de la Nación, José Antonio Sossa, quien reprochaba al diario la publicación de las declaraciones de un abogado que le acusaba de actos de pedofilía. La Corte Suprema, ante la cual el periodista había presentado un recurso, consideró la medida como «constitucional», de acuerdo con el artículo 33 de la Constitución que estipula que los servidores públicos «pueden imponer [sin juicio previo] multas o arrestos a cualquiera que los ultraje o falte de respeto.»
Durante una misión en Panamá en julio de 2000, Santiago Cantón, Relator especial para la libertad de expresión de la Organización de los Estados Americanos (OEA), advirtió que el arresto de periodistas «sin juicio previo» viola la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Por otro lado, la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión adoptada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA estipula que «las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como ‘leyes de desacato’ atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información». Por fin, en un documento publicado en enero de 2000 por el Relator especial de las Naciones Unidas sobre la promoción y la protección del derecho a la libertad de expresión, afirmó que «la pena de prisión por la expresión pacífica de una opinión vulnera gravemente los derechos humanos.»
Dos años de cárcel por «calumnias e injurias»
El 14 de julio de 2000, Jean Marcel Chéry fue condenado por «calumnia e injuria» a dieciocho meses de prisión o a una multa sustitutiva de 1.800 dólares por un artículo que había publicado en 1997 en el diario El Siglo. Poco después, Carlos Singares fue condenado a 20 meses de cárcel por el mismo motivo. Los artículos 173 A, 175, 307 y 308 del Código Penal prevén así penas de hasta 24 meses de prisión por «calumnia e injuria».
Estas sanciones se encuentran agravadas por la jurisprudencia panameña, la cual no reconoce la doctrina de la «real malicia». Aún cuando el periodista logra probar que sus escritos son el resultado de un trabajo sério y que, si se equivocó, fue sin intención de perjudicar al denunciante, queda expuesto a una pena de prisión. Así, Anel Cordero, periodista del diario El Panamá América, fue denunciado por haber relatado un incidente ocurrido entre una legisladora y su marido. Sobre el tema, la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH establece de manera clara que «debe probarse que, en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas».
Más grave aún, es frecuente que se emprendan diligencias contra los comunicadores por haber transcrito las declaraciones de una tercera persona mientras ésta, en cambio, no es perseguida. Un procedimiento que representa un claro atropello a la libertad de circulación de la información garantizada por la Convención Americana sobre Derechos Humanos ratificada por Panamá. Rainer Tuñón y Juan Manuel Díaz, del diario El Panamá América, fueron demandados por haber publicado las declaraciones de un fiscal quien cuestionaba la autenticidad de los títulos de varios médicos de los cuales daba los nombres. Uno de los médicos, cuyo título resultó ser auténtico, emprendió diligencias contra los periodistas pero no contra el fiscal.
Por último, la estructura de la administración de justicia panameña no presenta todas las garantias necesarias. En el caso de las denuncias presentadas por el Procurador General de la Nación, éstas están procesadas por fiscales quienes son sus subalternos. Es uno de los argumentos que mencionó el abogado del diario La Prensa cuando, el pasado 8 de agosto, agentes de la Policía Técnica Judicial (PTJ) se presentaron en el domicilio del director afiliado de La Prensa, Gustavo Gorritti, y en los de Miren Gutiérrez, Mónica Palm y Rolando Rodríguez, periodistas de ese mismo diario, provistos de una «orden de conducción» expedida por el fiscal Armando Fuentes. En este caso, José Antonio Sossa le reprocha a La Prensa la publicación, los días 7 y 8 de agosto de 1999, de una serie de artículos en los cuales se le acusaba de brindar protección a un empresario estadounidense presuntamente vinculado con narcotraficantes.
Llamadas de los ministerios y de la presidencia
Dos directores de medios con los cuales se entrevistó un representante de RSF los pasados 15 y 16 de noviembre afirman que accionarios o miembros de la junta directiva de sus medios habían recibido llamadas de la Presidenta o de ministros consecutivas a artículos críticos hacia el gobierno. En ambos casos, los diarios habrían sido amenazados con privarlos de la publicidad estatal.
Ernesto González de la Lastra, director y gerente del diario El Universal, afirma que varios responsables o cercanos del diario recibieron llamadas de este tipo. Relató que el propio Ministro de Desarrollo Agropecuario llamó a un pariente suyo el 16 de noviembre de 2000 tras la publicación de un editorial en el cual el diario formulaba severas críticas contra la decisión del Ministerio de restringir las importaciones, afirmando que se trataba de una decisión «favorecedora de minúsculos intereses clientelistas». En otras llamadas, se amenazaba el diario con cortarle la publicidad gubernamental. De hecho, según el director del diario, ésta desapareció luego de haber representado hasta el 31 % de los ingresos publicitarios del diario. Un testigo que requirió el anonimato afirma que dos cercanos suyos vieron circular en los ministerios notas de la Presidencia, las cuales solicitaban a las administraciones que no anunciaran más en El Universal.
El diario El Panamá América afirma haber también recibido llamadas de la Presidenta Mireya Moscoso. En una de las llamadas, la mandataria habría amenazado con demandar el diario por «calumnia e injuria» si publicaba una investigación que cuestionaba el «origen sospechoso» del helicoptero usado por la Presidenta. La dirección del diario relata que también se habría discutido la posibilidad de cortar la publicidad oficial al diario durante un Consejo de Gabinete. Hasta hoy, sólo el Ministerio de Trabajo ha suspendido la publicidad. En cuanto a las amenazas de demandar el diario por «calumnia e injuria», éstas no se han cumplido después de la publicación de dicho artículo. Sin embargo, RSF está sumamente preocupado por dichas revelaciones teniendo en cuenta que la Presidenta había multiplicado las declaraciones tranquilizadoras hacia la prensa durante los primeros meses de su mandato.
Recomendaciones
RSF pide a las autoridades panameñas :
– que respeten los compromisos internacionales de Panamá y que se conformen a los textos de las máximas instancias internacionales en materia de libertad de prensa derogando las «leyes de desacato» (el numeral 2 del artículo 202 y el artículo 386 del Código Judicial, el numeral 12 del artículo 45 y el artículo 827 del Código Administrativo, y los artículos 307 y 308 del Código Penal), y las leyes de «calumnia e injuria» (artículos 173 A, 175, 307 y 308 del Código Penal) que preven penas de prisión.
RSF pide también a la Presidenta y a los miembros del gobierno :
– que pongan fin a las presiones sobre las redacciones,
– que respeten la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH que estipula que «la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial y créditos oficiales (?) con el objetivo de presionar, castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales o a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atenta contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley».
Por fin, RSF pide al Procurador General de la Nación que no ordene ni solicite más penas de prisión contra periodistas.