(PROBIDAD/IFEX) – La ley de Transparencia y acceso a la información pública a veinticuatro horas de ser introducida al seno de la Cámara Legislativa para iniciar su debate y posterior aprobación, sufrió nuevamente otro revés: un sector del Partido Nacional, introdujo, la noche del 14 de marzo de 2006, un nuevo proyecto de ley de […]
(PROBIDAD/IFEX) – La ley de Transparencia y acceso a la información pública a veinticuatro horas de ser introducida al seno de la Cámara Legislativa para iniciar su debate y posterior aprobación, sufrió nuevamente otro revés: un sector del Partido Nacional, introdujo, la noche del 14 de marzo de 2006, un nuevo proyecto de ley de «transparencia». PROBIDAD considera que el nuevo proyecto de ley en el fondo es una censura directa contra la prensa, el derecho a la información y el ejercicio de la libertad de expresión en Honduras.
Presentado por el diputado Jorge Ramón Hernández Alcerro, el nuevo proyecto de ley consta de 51 artículos y en términos generales no sólo limita el acceso a la información pública, sino que confunde también los conceptos acerca de la información reservada (de seguridad nacional, protección de la vida, salud e investigación criminal) y la información confidencial (hábeas data y derecho a la intimidad).
Hernández Alcerro, quien fungiera hace cuatro años como ministro de Gobernación (Interior) y ahora ocupa una curul en el Congreso, propone en la iniciativa de Ley una serie de elementos que lejos de facilitar el ejercicio de la libertad de expresión, la labor del periodismo y el derecho ciudadano a la información, lo limitan ostensiblemente. Para el caso, otorga a una Comisión Nacional de Transparencia y Acceso a la Información funciones de censura directa a la prensa que no corresponden.
En la iniciativa presentada por un sector del Partido Nacional que lidera Hernández Alcerro, se encuentra en el Capítulo II un acápite denominado «Procedimiento para el Ejercicio de Derechos», en el cual están expresas las limitaciones y censuras contra la prensa y los periodistas.
Este capítulo consta de siete artículos «mortales y excesivos» para el ejercicio del periodismo, al señalar en alguno de ellos que «para la efectiva protección de la honra y la reputación, toda publicación o empresa periodística, cinematográfica, de radio, televisión u otro medio de difusión pública, tendrá una persona responsable que no esté protegida por inmunidades ni disponga de fuero especial». Este artículo se considera incluso como una dedicatoria explícita hacia el auge de la prensa digital en Honduras y los blogs (una especie de páginas Web personales). En Honduras, según la ley y la Constitución, la prensa no goza de inmunidad ni tiene fuero especial.
En este sentido, la Alianza 72, una coalición de organismos de sociedad civil que coordina el Comité por la Libre Expresión (C-Libre), mostró sorpresa por la nueva iniciativa presentada al hemiciclo por considerar que ello no sólo retrasa la discusión del proyecto original de Ley de Transparencia, sino que crea mecanismos de confusión y «ruidos» que a la larga pueden ser una trampa para la ley misma y la ciudadanía en general.
Esta alerta ha sido realizada por PROBIDAD con información proporcionada por el Comité por la Libre Expresión (C-Libre).