(ARTICLE 19/CENCOS/IFEX) – Lo que sigue es un comunicado conjunto de ARTICLE 19 y CENCOS con fecha del 15 de febrero de 2008: Da la PGR «carpetazo» a agresión a periodista por parte de militares en Sinaloa Una resolución por el periodista José Manuel Prieto Marcial denunciando a militares y agentes ministeriales por delito de […]
(ARTICLE 19/CENCOS/IFEX) – Lo que sigue es un comunicado conjunto de ARTICLE 19 y CENCOS con fecha del 15 de febrero de 2008:
Da la PGR «carpetazo» a agresión a periodista por parte de militares en Sinaloa
Una resolución por el periodista José Manuel Prieto Marcial denunciando a militares y agentes ministeriales por delito de privación ilegal de la libertad, fue calificada como no ejercicio de acción penal por parte del Ministerio Público de Sinaloa, denuncian ARTICLE 19 y el CENCOS.
Prieto Marcial, reportero del matutino «Primera Hora», fundado en 1999 con circulación en Sinaloa y en algunas localidades en Nayarit, fue privado de la libertad por aproximadamente 10 minutos por elementos militares y agentes ministeriales. La agresión de la que fue objeto se suscitó en Culiacán, Sinaloa, capital del estado ubicado al norte del país colindante al Océano Pacífico.
La Procuraduría General de la República (PGR) había atraído la denuncia por estar involucrados agentes del ejército, siendo asentada en la averiguación previa antes citada, integrada por el Ministerio Público, Carlos Darío Román, adscrito a la Mesa IV.
La agresión data del 12 de mayo de 2007 aproximadamente a las 12:00 horas, cuando el reportero se encontraba en la avenida Álvaro Obregón y la calle Benito Juárez de la capital del estado. Al ver circular una célula de la Base de Operaciones Mixtas Norte (BOM), instancia integrada por el Ejército Mexicano, la Policía Estatal Preventiva, la Policía Ministerial del Estado y la Policía Municipal Preventiva, les tomó fotografías.
Un elemento militar, al percatarse de la acción del periodista, descendió de su unidad y pidió apoyo a más elementos del ejército solicitando al reportero que se identificara, lo cual no hizo el periodista al no contar con un documento que lo avalara como tal. Varios uniformados lo despojaron de sus pertenencias y lo obligaron a subir a una patrulla custodiada por elementos de la Policía Ministerial del Estado llevándolo por calles del centro de la ciudad por espacio de 10 minutos, para después liberarlo argumentando que ya habían borrado las fotografías de su cámara.
En la declaración coincidente hecha por los militares al Ministerio Público destacan que el reportero no fue obligado a subir a la patrulla, sino que subió «voluntariamente» al vehículo para tomar rumbo hacia las oficinas del medio en el que colabora y así identificarse como comunicador y que en el transcurso del recorrido, el mismo periodista manifestó que iba a borrar las fotografías y que quería descender.
La declaración de los militares agrega que las acciones que llevaron a cabo fueron por «cuestiones de seguridad preventiva».
Al interponer la denuncia en la Unidad de Quejas de la PGR, Juan Carlos Cruz García, coordinador editorial del diario «Primera Hora», detalla que se acercó al agredido un oficial de la BOM con la intención de hacerlo desistir de la denuncia y argumentar que el teniente Vicente Serrano Ponce había sido sancionado con 15 días sin goce de sueldo. Este hecho no disuadió al reportero para iniciar la averiguación previa.
El periodista que había decidido continuar el proceso judicial contra quién o quiénes resultaran responsables, ante el fallo de no ejercicio de acción penal por parte del Ministerio Público, sostiene que no seguirá con el proceso judicial ya que con la resolución emitida perdió la esperanza de justicia.
La información fue ratificada y ampliada en entrevista telefónica por parte de Cruz García, mismo que facilitó una copia del fallo de la PGR.
De la descripción del caso se desprende la violación a la garantía del debido proceso en términos del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refiere al derecho a la libertad, seguridad y certeza jurídica de Prieto Marcial de quien fueron violentadas en tanto que fue privado de la libertad y despojado de sus posesiones sin que mediara orden judicial.
En varias ocasiones, la Organización de Naciones Unidas (ONU), organismos internacionales de derechos humanos así como organizaciones civiles y sociales de México han denunciado el error de involucrar a las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública para las que no están debidamente entrenados.
El caso de Prieto Marcial ilustra nuevamente la impunidad en la que se desenvuelve el Ejército Mexicano. El Estado debe distinguir entre la seguridad nacional y la seguridad pública, como lo estipula el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: «la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios», encomendada a las instituciones policíacas, integradas en un Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Al no acreditarse los supuestos de amenaza a la seguridad nacional que obligue a decretar un estado de excepción, las fuerzas armadas ejercen impropiamente trabajos de policía, desvirtuando la naturaleza jurídica de estas instituciones.
Sobre la presencia del Ejército en labores policíacas, el informe del grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU solicita al Estado Mexicano la separación de los militares de las tareas policíacas.
En agosto de 2007, durante su visita al país, Irene Khan, directora general de Amnistía Internacional afirmó: «es poco clara la responsabilidad que tienen el Ministerio Público, la policía federal y el Ejército en los operativos conjuntos», lo que abre el riesgo de huecos a la hora de la rendición de cuentas en casos de violación a los derechos humanos.
De visita en nuestro país, el pasado 8 de febrero Louise Arbour, Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sostuvo que «los militares han cometido violaciones a derechos humanos en el combate al crimen organizado que deben ser investigadas por la justicia civil. Los abusos perpetrados por militares tienen que ser atendidos por tribunales civiles y no sólo por la disciplina del Ejército», subrayó.
El respeto a los derechos humanos y la seguridad pública no son conceptos opuestos. El Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad pública en el país, sin embargo la estrategia del Ejecutivo Felipe Calderón Hinojosa de involucrar al Ejército en tareas para las que no está preparado ha resultado en una serie de violaciones a los derechos humanos.
El derecho a la libertad de expresión es reconocido internacionalmente como un derecho humano, por lo que responder a las amenazas a la seguridad pública restringiendo este derecho pudiera terminar por favorecer los intereses de los grupos del crimen organizado, esto es el desmantelamiento del Estado de Derecho y el régimen de libertades de los sistemas democráticos.