El proyecto de ley propone hasta 12 años de prisión a quien instale, opere, colabore o venda equipos a radios o televisoras sin autorización.
(AMARC/IFEX) – 7 de diciembre de 2009 – Un proyecto de ley presentado por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) propone hasta 12 años de prisión a quien instale, opere, hable, colabore o venda equipos a radios o televisoras sin autorización, contraviniendo estándares internacionales de derechos humanos y libertad de expresión, así como lo establecido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Varias organizaciones han denunciado públicamente lo que llaman un intento de criminalizar el ejercicio de la libertad de expresión.
A continuación el comunicado íntegro:
De acuerdo a lo publicado por la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados del 3 de diciembre de 2009, el Diputado Andrés Massieu Fernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), propone una reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRyT) para hacer uso de la legislación penal a fin de encarcelar a quienes operen sin permiso estaciones de radio o televisión, situación que se da en nuestro país, especialmente en comunidades indígenas y campesinas de alta marginalidad ya que la ley actual da un margen de discrecionalidad tan alto a la autoridad competente para otorgar permisos que para muchas de ellas es casi imposible cumplir con los requisitos establecidos.
Muchas de estas comunidades han solicitado autorización para transmitir, sustentando la necesidad social de un medio comunitario y no han recibido respuesta por parte de la autoridad. Esta omisión de las instancias competentes se debe a la falta de voluntad política, así como a «la ausencia de criterios definidos y fundamentados en el marco regulatorio relativo a la operación de estaciones de medios de comunicación comunitarios, que acoten el marco de discrecionalidad, especialmente en cuanto a plazos de respuesta, requisitos e instancias de decisión», tal y como lo estableció la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en un comunicado emitido el 11 de noviembre referente a un exhorto emitido por parte de esta dependencia al Secretario de Comunicaciones y Transportes, Juan Molinar Horcasitas.
En lugar de focalizar las acciones legislativas a fin de establecer una normatividad que «otorgue certeza jurídica a las radios que buscan obtener permiso para operar legalmente», tal como lo señala la CNDH, el PRI propone medidas represivas en contra de comunidades que buscan ejercer su derecho a la libertad de expresión, pues el uso de la vía penal es desproporcional y abusiva. Además de aprobarse esta iniciativa, muchos presidentes municipales también irían a la cárcel, pues, como las mismas autoridades lo han documentado, existen múltiples emisoras sin concesión o permiso que son instaladas por las autoridades locales, por lo que el PRI llevaría a prisión a miembros de su propio partido.
Asimismo es importante resaltar que la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en múltiples informes, ha señalado que una de las formas indirectas de coartar el ejercicio de la libertad de expresión es a través del abuso de controles oficiales o particulares de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.
Concretamente, en su informe 2008, la Relatoría recuerda al Estado Mexicano que las «asignaciones de frecuencia de radio y televisión deben considerar criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en el acceso a los mismos».
Es menester hacer hincapié en que las restricciones a la libertad de expresión, como lo son limitar el acceso de las comunidades al uso y operación de una frecuencia radioeléctrica, sólo pueden estar justificadas por una necesidad imperante y proporcionada al fin legítimo que persigue, tan es así que la CNDH solicitó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que, en los casos de los medios comunitarios que no cuentan con permiso para operar, se procure agotar el procedimiento administrativo previsto en la LFRyT con el fin de garantizar la mínima afectación de los derechos fundamentales.
En su exposición de motivos el Diputado Andrés Massieu Fernández asegura que las infracciones previstas en la LFRyT son «insuficientes por los avances tecnológicos y las nuevas formas de criminalidad», pero recordemos que en diversos casos en que se iniciaron acciones penales contra radios comunitarias que operaban sin permiso la misma autoridad reguladora ha reconocido que no se inició un proceso administrativo en contra de los infractores; es decir, en estos casos se buscaba abiertamente criminalizar el ejercicio de la libertad de expresión y no la defensa del bien jurídicamente tutelado, que es el espacio radio eléctrico. Tales son los casos de Héctor Camero, de Monterrey, Nuevo León, y Rosa Cruz, indígena purépecha de Michoacán, quienes actualmente por demandas de la Secretaría de Gobernación enfrentan un proceso penal con riesgo de cárcel.
La iniciativa propone además llevar a prisión a quien instale, opere, hable, colabore y venda equipo a emisoras sin autorización, una desproporcionalidad que llevaría a cientos de indígenas, campesinos y pobres a privarlos de su libertad por ejercer su libertad de expresión. Esta criminalización es discriminatoria y es sumamente preocupante que el PRI impulse la represión y la violación de los derechos humanos.
El enfoque que debe permear iniciativas como la que presenta el PRI no debería ser en aras de restringir la libertad de expresión o por razones económicas sino que la legislación de la materia debe buscar proteger la pluralidad de la información y sobre todo velar por un efectivo ejercicio de la libertad de expresión, derecho considerado como piedra angular de la democracia.
Con estas acciones el PRI no solamente incumple con lo establecido en el exhorto emitido por la CNDH sino además resulta violatorio de los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos que el estado mexicano se ha comprometido a respetar, y sobre todo la propia Constitución Mexicana, pues, para el caso de las comunidades indígenas y equiparables en su artículo 2 inciso B fracción VI mandata a la Federación, Estados y Municipios a «establecer condiciones para que los pueblos y las comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación».
Las y los legisladores debieran velar por el bien común, la democracia y la justicia y no establecer marcos normativos que limitan y criminalizan a los más excluidos en nuestro país. El Diputado Andrés Massieu Fernández, ex empleado de medios electrónicos comerciales, demuestra con esta iniciativa su gran desconocimiento de los derechos humanos y posturas represivas contrarias a cualquier régimen democrático.
Organizaciones Firmantes:
Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC-México)
ARTICLE 19
Asociación para el desarrollo integral de personas violadas, A.C. (Adivac)
Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, O.P.
Centro Nacional de Comunicación Social, A.C. (Cencos)
Fundar, Centro de Análisis e Investigación
Red Nacional de Organismos Civiles «Todos los derechos para todos y todas»