(SIP/IFEX) – Lo que sigue es un comunicado de prensa de la SIP: Beneplácito por orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que suspende condena contra periodista y diario costarricenses Miami (14 de septiembre del 2001) – La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) mostro hoy su satisfaccion por una orden de la Corte Interamericana […]
(SIP/IFEX) – Lo que sigue es un comunicado de prensa de la SIP:
Beneplácito por orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que suspende condena contra periodista y diario costarricenses
Miami (14 de septiembre del 2001) – La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) mostro hoy su satisfaccion por una orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que pide al Estado de Costa Rica suspender la inscripcion del periodista Mauricio Herrera Ulloa del diario La Nacion, en el Registro Judicial de Delincuentes, tras una condena por difamacion.
En cartas enviadas al presidente de Costa Rica, Miguel Angel González y al presidente de la Corte Suprema de Justicia de ese país, Luis Paulino Mora, el titular de la SIP, Danilo Arbilla, pide al Estado «honrar tratados y compromisos internacionales» y dar «cumplimiento a la reciente orden emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos».
La corte internacional además solicito la suspension de la orden de publicacion de la condena en el diario La Nacion promovida por un ex funcionario costarricense, así como que se suspenda la disposicion judicial que obligaba al periodico, en su version digital, a quitar enlaces y artículos sobre los temas que desembocaron en las querellas judiciales contra el periodista y la propia empresa periodística.
«Es una medida que nos brinda mucha satisfaccion – comento Arbilla, director del semanario Búsqueda, Montevideo, Uruguay – porque la condena judicial contra el periodista y contra el diario era un contrasentido a todo parámetro de justicia, precepto sobre libertad de informacion y atentado contra la labor periodística y el derecho del público a estar informado».
A principios del año, la SIP había calificado de «desmesurado, funesto y negativo precedente de censura y un atentado a los principios básicos de la libertad de expresion», el fallo condenatorio emitido por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que había rechazado un recurso de apelacion hecho por los demandados, ratificando una condena por difamacion contra el periodista y el diario, propiciada por el ex embajador honorario de Costa Rica, Félix Przedborski, ante la Organizacion Internacional de Energía Atomica, con sede en Viena, Austria.
El periodista Ulloa escribio en La Nacion en mayo y diciembre de 1995 sobre cuestionamientos hechos por reconocidas publicaciones europeas, Le Soir Ilustré, La Libre Belgique, Der Spiegel, que vinculaban al ex embajador con escándalos financieros. El 12 de noviembre de 1999 los jueces consideraron que los medios de comunicacion europeos no acreditaban la verdad de los hechos, por lo que La Nacion no debio consignar esa informacion.
La condena, por delitos de difamacion y calumnias en perjuicio de los demandados por el ex embajador, implica para el periodista la inscripcion en un registro de delincuentes y pagar una multa, mientras que para el diario impone, además de las multas, la publicacion de la condena y que no se pueda nombrar al ex funcionario en artículos o incluso a través de enlaces electronicos que La Nacion pudiera tener en su version digital.