(PERIODISTAS/IFEX) – En el zigzagueante camino que la Justicia argentina ha recorrido en los últimos años en materia de libertad de expresion, el procesamiento dictado el 28 de marzo de 2001, por el juez federal Claudio Bonadio contra el periodista Marcelo Bonelli toma una direccion opuesta a los principios de la Constitucion Nacional y de […]
(PERIODISTAS/IFEX) – En el zigzagueante camino que la Justicia argentina ha recorrido en los últimos años en materia de libertad de expresion, el procesamiento dictado el 28 de marzo de 2001, por el juez federal Claudio Bonadio contra el periodista Marcelo Bonelli toma una direccion opuesta a los principios de la Constitucion Nacional y de los tratados internacionales.
El titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal No 11 proceso a Bonelli por violacion de secreto fiscal a raíz de un artículo publicado el 5 de junio de 2000 sobre la situacion patrimonial del hoy encarcelado ex funcionario Víctor Alderete. Allí el periodista informaba sobre las maniobras de evasion fiscal que había descubierto el ente recaudador, la Direccion General Impositiva (DGI), como parte de las casi 20 investigaciones judiciales iniciadas sobre el ex titular del Plan de Asistencia Médica Integral (PAMI), la obra social de los jubilados y pensionados.
El fallo se basa en una interpretacion objetable desde tres puntos de vista. Primero, responsabiliza al periodista por un deber que no le compete, en tanto la legislacion pertinente (artículo 101 de la ley 11.683) prohibe difundir esa informacion a quienes son responsables de velar por ella, en este caso el personal de la DGI.
Segundo, lo castiga por cumplir con el deber que le cabe como profesional de prensa, es decir, difundir todo hecho de interés público, sin faltar a la verdad, o sin mala fe en caso de haber incurrido en algún error. El fallo de Bonadio, precisamente, reconoce que todo lo informado por Bonelli es cierto.
Por último, ante el denominado «choque de derechos» entre la proteccion a la libertad de expresion y el resguardo de la intimidad, desestima principios fijados en los tratados internacionales -como en la doctrina de la «real malicia»- donde el derecho a informar y a ser informado prevalece cuando están involucrados asuntos de interés público. En este caso, se investigaba si Alderete -ex titular del PAMI y responsable de uno de los mayores presupuestos de la administracion pública- había desviado fondos públicos.
«La libertad de prensa debe ceder, por cuanto ella no es ilimitada», sostuvo el juez, para endilgar a Bonelli cargos que comprenden penas de un mes a dos años de prision. PERIODISTAS alerto que «este fallo representa un mensaje para todo el periodismo: amenaza con la cárcel a todo aquel que informe sobre funcionarios que podrían haberse apropiado del dinero de todos los ciudadanos».
El fallo será analizado en la proxima semana por la Cámara Federal de Apelaciones, que decidirá si confirma o no la medida. PERIODISTAS manifesto su confianza en que el procesamiento «sea revocado por la Cámara Federal de Apelaciones» y destaco que «este nuevo desatino de un integrante de la Justicia argentina reaviva la imperiosa necesidad de ajustar los codigos Civil y Penal a la Constitucion Nacional y a tratados internacionales suscriptos por Argentina».
En 1999, como resultado de una solucion amistosa acordada entre PERIODISTAS y el Estado Argentina ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos, se presento en el Senado de la Nacion un proyecto de ley que recibio el aval de los entonces titulares de los dos bloques mayoritarios de la Cámara Alta, del ex presidente Menem y del actual mandatario Fernando De la Rúa. Sin embargo, desde entonces el trámite se encuentra trabado (ver las alertas de IFEX del 14 de diciembre, 13 de octubre, 13 de septiembre y 7 de mayo de 1999, 9 de noviembre de 1998).