(IPYS/IFEX) – Un recurso de apelacion a la resolucion judicial de primera instancia que absuelve al representante de la Asociacion Pro defensa de la Verdad (APRODEV), el argentino Héctor Ricardo Faisal Fracalossi, fue presentado ayer por el Dr. Carlos Caro, representante legal de los periodistas agraviados mediante la página web de la mencionada asociacion. La […]
(IPYS/IFEX) – Un recurso de apelacion a la resolucion judicial de primera
instancia que absuelve al representante de la Asociacion Pro defensa de la
Verdad (APRODEV), el argentino Héctor Ricardo Faisal Fracalossi, fue
presentado ayer por el Dr. Carlos Caro, representante legal de los
periodistas agraviados mediante la página web de la mencionada asociacion.
La accion judicial fue interpuesta ante el 20 Juzgado Penal de Lima, a fin
de que el juez Arturo Vílchez Requejo cumpla con elevarla a la Sala de
Apelaciones para Procesos con Reos Libres.
Como se recuerda, el juez Vílchez Requejo eximio de toda culpa a Faisal por
considerar que éste se limito a transcribir en la página web de APRODEV
artículos publicados en algunos diarios y, por lo tanto, «había hecho pleno
uso de su libertad de expresion».
Caro sustento en su escrito que el juez dicto sentencia sin tener en cuenta
un fallo previo de la Sala de Apelaciones en la que se disponía que la
demanda presentada por los periodistas se acumule junto a otra denuncia por
hechos similares presentada contra Faisal en el 47º Juzgado penal de Lima.
Caro también afirmo que el fallo debe anularse por «cuestiones de fondo»,
puesto que Faisal no se limita a reproducir artículos publicados en diarios
sensacionalistas, sino agrega adjetivos, corrige, aumenta y edita
presentando como ciertos hechos que solo se insinúan en las páginas de esos
diarios.
Según el procedimiento, el juez Vílchez Requejo debe admitir a trámite la
apelacion disponiendo que el expediente sea elevado a la Sala de
Apelaciones, donde, en el plazo de quince días útiles, se debe
resolver -previa audiencia pública de alegatos orales-, si confirma o
modifica la resolucion absolutoria. En caso de confirmarla o corregirla el
proceso concluye, pues esa decision es inapelable; en tanto, si la sentencia
es revocada, se dispondrá que el mismo Vílchez Requejo u otro magistrado
vuelva a investigar los hechos y dicte un nuevo fallo.