(RSF/IFEX) – RSF está indignada por la sentencia del tribunal correccional de Argel, dada a conocer el 31 de diciembre de 2003, condenando a Youcef Rezzoug, redactor jefe del diario «Le Matin», y Fatma-Zohra Khalfi, periodista de la agencia Algérie Presse Service, por «agrupación ilegal y atentado al orden público». Ambos periodistas fueron condenados a […]
(RSF/IFEX) – RSF está indignada por la sentencia del tribunal correccional de Argel, dada a conocer el 31 de diciembre de 2003, condenando a Youcef Rezzoug, redactor jefe del diario «Le Matin», y Fatma-Zohra Khalfi, periodista de la agencia Algérie Presse Service, por «agrupación ilegal y atentado al orden público». Ambos periodistas fueron condenados a dos meses de cárcel, con suspensión de condena, y a pagar una multa de 2,000 DA (aproximadamente 28 USD; 22 euros) cada uno.
«Hasta su crepúsculo, el año 2003 fue marcado por un deterioro de la libertad de prensa en Argelia. La campaña de acoso a la prensa privada, emprendida este verano por el poder político con la pre-campaña electoral de fondo, continúa con deplorables rebotes. Ahora, los periodistas ya no tienen ni siquiera derecho a manifestar su solidaridad con los colegas», ha deplorado Robert Ménard, secretario general de RSF.
El asunto se remonta al 8 de septiembre cuando, para testimoniar su solidaridad, periodistas de diferentes redacciones, militantes políticos y defensores de los derechos humanos, se reunieron ante la comisaría de Argel, donde se encontraban arrestados Alí Dilem, caricaturista de «Liberté», y Mohammed Benchicou, director del «Le Matin» (ver las alertas de IFEX del 12, 10 y 9 de septiembre de 2003). Entonces fueron detenidos Rezzoug y su esposa, así como Khalfi y Yacine Téguia, militante del Movimiento democrático y Social (Mouvement démocratique et social, MDS).
El juicio, aplazado al 31 de diciembre, tenía un carácter exclusivamente político, según los abogados, que pidieron el sobreseimiento, haciendo valer que el código penal no prohíbe en absoluto la solidaridad. Recordaron que ningún artículo del código penal prohíbe agruparse.