La periodista Rosana Cueva, directora del programa de investigación Panorama, anunció que ella y su equipo de investigación fueron denunciados por el ministerio de Defensa por el presunto delito de revelación de secretos nacionales. La denuncia fue interpuesta luego de que el programa emitiera, un reportaje demostrando malos manejos con el dinero destinado a la lucha contra el narcoterrorismo.
Este artículo fue publicado originalmente en ipys.org el 4 de julio de 2016.
El 26 de junio de 2016, la periodista Rosana Cueva, directora del programa de investigación Panorama, anunció durante la transmisión del dominical que ella y su equipo de investigación fueron denunciados por el ministerio de Defensa por el presunto delito de revelación de secretos nacionales. El hecho ocurrió en Lima, capital del Perú.
La denuncia fue interpuesta luego de que el programa emitiera, el pasado 17 de abril, un reportaje demostrando malos manejos con el dinero destinado a la lucha contra el narcoterrorismo en la zona conocida como VRAEM, al sur del país. La nota estuvo a cargo de la periodista Karina Novoa.
Cueva señaló que originalmente la denuncia solamente incluía a Karina Novoa y a ella, en calidad de directora del programa. Sin embargo dos meses después se ha solicitado el nombre de todos los miembros del equipo que participó de la nota «para incluirlos también en la denuncia».
El ministerio de Defensa acusa a los periodistas de haber difundido información secreta sobre los presupuestos de inteligencia en el Vraem, poniendo en riesgo la seguridad del Estado.
El reportaje muestra un file original de rendición de gastos donde aparecen nombres de supuestos colaboradores que habrían recibido pagos por
información. El programa periodístico ubicó a estos colaboradores quienes declararon voluntariamente no haber dado información ni recibir estos pagos.
Consultado sobre el tema, el abogado penalista Roberto Pereira, asesor jurídico del IPYS, señaló que para que una denuncia por revelación de secretos nacionales proceda, la información difundida tiene que haber estado clasificada como “secreta” previamente a su difusión, conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Según Pereira, no cualquier información relacionada con la defensa nacional o la actuación de las Fuerzas Armadas califica como “secreta”. A su vez, la difusión de la información debe tener la capacidad de poner en riesgo efectivo la “seguridad nacional”. Si no se pone en riesgo cierto e
inminente la “seguridad nacional” no existe delito alguno.
“La ‘seguridad nacional’ no debe ser confundida con la molestia de los sectores castrenses y sus responsables políticos, por la difusión de una
información que cuestiona la integridad de algunos militares. De otro lado, la clasificación de ‘información secreta’ no puede recaer sobre contenidos ilícitos, toda vez que la protección sólo puede recaer sobre actuaciones legítimas del Estado”, dijo Pereira añadiendo que se trata de un
delito que “sólo pueden cometerlo las personas que se encuentran legalmente obligadas a preservar o custodiar los secretos de Estado, que no es el caso de los periodista o medios de comunicación”.