Una iniciativa legal presentada por legisladores oficialistas obliga a sitios y plataformas digitales a bloquear "la difusión de mensajes con contenido discriminador… producidos por los usuarios".
Este artículo fue publicado originalmente en sipiapa.org el 15 de noviembre de 2014.
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó su preocupación por un proyecto legislativo en Argentina al que acusa de “propiciar que los medios de comunicación se conviertan en jueces con el poder de censurar a los usuarios en internet”, contraviniendo principios elementales sobre libertad de prensa y de expresión consignados en tratados internacionales.
La iniciativa legal presentada por legisladores oficialistas obliga a sitios y plataformas digitales – blogs, redes sociales, agencias de noticias y medios tradicionales con páginas digitales – a bloquear “la difusión de mensajes con contenido discriminador… producidos por los usuarios”, ya sean opiniones, comentarios o noticias.
El proyecto de ley denominado “Actos discriminatorios e instrumentos de derechos humanos. Promoción de la no discriminación en Internet”, autoriza inspecciones periódicas de los contenidos por parte de un órgano contralor. Este tendrá la capacidad de aplicar sanciones, desde multas hasta disponer el cierre del medio difusor o quitarle la concesión de operatividad, cuando no se cumpla con la obligación legal de retirar contenidos.
El presidente de la SIP, Gustavo Mohme, se mostró sorprendido por el alcance del proyecto más allá de que se persigan fines loables para limitar la discriminación. “Es claramente una intromisión en los contenidos y criterios editoriales que puede tener cualquier medio, llegándose al extremo que convierte al medio en tener que ejercer de juez y censor ante los comentarios y opiniones de los usuarios”.
Mohme, director del diario La República de Lima, Perú, agregó que se trata de una ley antagónica con el debate público que se genera en los medios y con los principios expresados en el Art. 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos sobre que “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
El organismo contralor será el Instituto Nacional Contra la Discriminación, la Xenofobia, el Racismo (INADI), entidad descentralizada del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Podrá actuar de oficio o mediante denuncias de instituciones y usuarios.
Claudio Paolillo, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, añadió que “más allá del objetivo loable que se dice perseguir, así como ocurrió con la ley antidiscriminación en Bolivia, se corre el riesgo de que estas leyes sean armas de doble filo, ya que los gobiernos las pueden usar para perseguir y censurar a los usuarios críticos y a los medios que acogen esas críticas”.
En su última resolución respecto a la “Libertad de prensa en los nuevos medios de comunicación” que data de 2012 y que suscribió junto a numerosas instituciones mundiales de libertad de prensa, la SIP rechaza toda nueva legislación para castigar delitos de contenido y opinión en internet. Se argumenta que los gobiernos suelen confundir las noticias, opiniones y comentarios, con las actividades como la discriminación, la difamación, la incitación a la violencia y al odio, la apología del delito, el fraude, la pornografía o la pedofilia, actividades todas que están reguladas y penalizadas por leyes regulares.