(PFC/IFEX) – El 23 de julio de 2003, la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó que una edición del programa «Enigma» de TVN, donde se presentaría el caso del asesinato del abogado Patricio Torres Reyes, no fuera transmitido como resultado de un recurso presentado por la familia del occiso que alegó que su honor sería […]
(PFC/IFEX) – El 23 de julio de 2003, la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó que una edición del programa «Enigma» de TVN, donde se presentaría el caso del asesinato del abogado Patricio Torres Reyes, no fuera transmitido como resultado de un recurso presentado por la familia del occiso que alegó que su honor sería afectado con la emisión del programa en cuestión. El 1 de octubre, la quinta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección, terminando a la censura que afectaba al programa periodístico.
La sentencia adoptada en votación dividida, con el rechazo de los ministros Jaime Rodríguez Espoz y Raúl Rocha Pérez, señala que «la existencia de una esfera privada implica el reconocimiento de actos públicos, que pueden y deben ser conocidos por la ciudadanía toda, como son los actos de gobierno, las deliberaciones y acuerdos parlamentarios, las leyes que se hayan promulgado, las sentencias judiciales que se hayan dictado y algunos delitos de interés social».
Agregando que «en virtud de estas consideraciones, parece incontestable que un robo con homicidio seguido de un delito de incendio, que son los hechos que el programa de televisión denominado «Enigma» pensaba trasmitir, no quedan amparados por el derecho a la intimidad, reserva o secreto referido en este considerando, y caen en la esfera pública».
Eduardo Yáñez, presidente del Comité Pro Defensa Ciudadana, se manifestó conforme con el falló señalando, «Estamos frente a un fallo sensato e inteligente, que ojalá desaliente a los tribunales de justicia a ejecutar acciones similares en el futuro».
Según el Comité, si bien el falló no se refiere específicamente a las normas internacionales en materia de libertad de expresión, la opinión del tribunal concuerda con el principio básico de no aplicar la censura previa.
Se puede encontrar información sobre el caso en:
http://portal-pfc.org/libexp/docs/2003/164.html
Esta alerta ha sido preparada por PFC con información del Comité Pro-Defensa Ciudadana.