(IPYS/IFEX) – El 19 de octubre de 2006, el Tribunal Superior Electoral (TSE) multó a la emisora de radio CBN con aproximadamente 10.000 USD por difundir un comentario de uno de sus columnistas acerca de un debate electoral, que consideró desfavorable a uno de los dos candidatos a la presidencia, lo cual está prohibido por […]
(IPYS/IFEX) – El 19 de octubre de 2006, el Tribunal Superior Electoral (TSE) multó a la emisora de radio CBN con aproximadamente 10.000 USD por difundir un comentario de uno de sus columnistas acerca de un debate electoral, que consideró desfavorable a uno de los dos candidatos a la presidencia, lo cual está prohibido por ley. [El TSE había ordenado recientemente a la emisora retirar de su página web dicho comentario.]
El Tribunal también nuevamente ordenó a la emisora retirar de su página web dicho comentario. El TSE, presidido por el juez Ari Pargendler, determinó que la opinión del columnista Arnaldo Jabor favorecía al candidato a la presidencia Geraldo Alckmin, del Partido da Social Democracia Brasileira, en perjuicio del presidente de la República y candidato a la reelección, Luiz Inácio Lula da Silva, del Partido de los Trabajadores. Con ello, el TSE declaró fundada la solicitud de la alianza política «La Fuerza del Pueblo» de Da Silva, que afirmó que el comentario favorecía al otro candidato.
El TSE basó su fallo en la Ley Electoral que prohíbe a los medios opinar a favor o en contra de un candidato, partido o coalición política a partir de julio del año electoral. La segunda ronda de las elecciones se realizará el 29 de octubre próximo.
Esta alerta ha sido realizada por IPYS con información proporcionada por la Asociación Brasilera de Periodismo Investigativo (Associação Brasileira de Jornalismo Investigativo, ABRAJI).