(WPFC/IFEX) – Lo que sigue es una carta de WPFC a los miembros de la Corte Constitucional, con fecha del 17 de junio de 2005: Washington, EE.UU., 17 de Junio, 2005 Excmos. Sres. Miembros de la Corte Constitucional de Guatemala 11 Avenida 9-37 Zona 1 Edificio Independencia Ciudad de Guatemala, Guatemala Excelencias: En nombre del […]
(WPFC/IFEX) – Lo que sigue es una carta de WPFC a los miembros de la Corte Constitucional, con fecha del 17 de junio de 2005:
Washington, EE.UU., 17 de Junio, 2005
Excmos. Sres. Miembros de la Corte Constitucional de Guatemala
11 Avenida 9-37 Zona 1 Edificio Independencia
Ciudad de Guatemala, Guatemala
Excelencias:
En nombre del Comité Mundial de Libertad de Prensa (http://www.wpfc.org), una organización que engloba a 45 grupos de libertad de prensa de todo el mundo, deseo expresar mis felicitaciones por su valiente decisión de anular provisionalmente el delito de desacato del Código Penal de Guatemala.
Su decisión deja sin efecto los artículos 411, 412 y 413 del Código Penal de Guatemala a la espera de la definitiva eliminación de estas leyes obsoletas y represivas contra la libertad de expresión y prensa en su país.
Su decisión surge a raíz de una moción de inconstitucionalidad presentada por el presidente de la Cámara Guatemalteca de Periodismo, Mario Fuentes Destarac, y se basa en que dichas leyes de desacato desafían el artículo 35 de la Constitución de la República, el cual consagra la libertad de expresión de los guatemaltecos.
Las leyes de desacato – en Guatemala o en decenas de otros países que siguen utilizándolas – suponen una efectiva arma de intimidación y represión contra el libre flujo de ideas y expresiones. Estas normas son legados de pasados coloniales o autocráticos que encuentran su origen en el Imperio Romano, el cual las creó para proteger al emperador de las críticas del resto de la población.
Asimismo, estas disposiciones constituyen un desafío al sistema interamericano de justicia, el cual, a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de su Relator Especial para la Libertad de Expresión, ha declarado las leyes de desacato «contradictorias» al Artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, de la cual Guatemala es signatario. Desde que la comisión lo recomendara en 1994, sólo cinco países latinoamericanos las han eliminado: Argentina, Costa Rica, Honduras, Paraguay y Perú.
Quiero también a través de esta carta extender mis felicitaciones al Licenciado Fuentes Destarac por su valiente iniciativa de solicitar la moción de inconstitucionalidad sobre estas leyes retrógradas que permiten a los funcionarios públicos escudarse en ellas para evitar rendir cuentas de su labor ante el pueblo guatemalteco.
Claramente este compromiso sólo se completará cuando sus excelencias decidan la definitiva eliminación de las leyes de desacato en su país. Les instamos a que tal decisión se tome con la mayor celeridad de tal manera que Guatemala dé un paso firme en la protección de la libertad de expresión de sus ciudadanos y se una a la vanguardia de las naciones respetuosas de una prensa libre e independiente.
Respetuosamente,
E. Markham Bench
Director Ejecutivo
Comité Mundial de Libertad de Prensa