(CMLP/IFEX) – Lo que sigue es una carta del CMLP a Ministro de Gobierno Francisco Vidal Salinas, con fecha del 26 de agosto de 2003: 26 de agosto 2003 Su Excelencia Francisco Vidal Salinas Ministro de Gobierno Gobierno de Chile Palacio de La Moneda Santiago, Chile Estimado Ministro Vidal: En nombre del Comité Mundial para […]
(CMLP/IFEX) – Lo que sigue es una carta del CMLP a Ministro de Gobierno Francisco Vidal Salinas, con fecha del 26 de agosto de 2003:
26 de agosto 2003
Su Excelencia Francisco Vidal Salinas
Ministro de Gobierno
Gobierno de Chile
Palacio de La Moneda
Santiago, Chile
Estimado Ministro Vidal:
En nombre del Comité Mundial para la Libertad de Prensa (www.wpfc.org), el cual incluye 44 grupos de libertad de prensa de cinco continentes, le insto a que cumpla su palabra y adjudique, a la mayor brevedad, la categoría de «extrema urgencia» al Proyecto de Ley 212-347 de eliminación de las leyes de desacato.
Hoy, el 26 de agosto de 2003, se cumple exactamente un año desde que el Presidente Ricardo Lagos, en una muestra de liderazgo continental, enviara al Congreso dicho proyecto de ley otorgándole la categoría de «urgente» para su aprobación en 30 días.
La iniciativa, lamentablemente, ha encontrado innumerables obstáculos legislativos, y en estos 12 meses apenas ha logrado ser aprobada por la comisión correspondiente, la cual se resiste a enviarla al pleno de la Cámara de Diputados para su diligente aprobación.
El Proyecto de Ley 212-347 contempla la eliminación o reforma de las siete leyes de desacato todavía vigentes en la legislación Chilena, los artículos 263, 264 y 265 del Código Penal, y los artículos 276, 284, 416 y 417 del Código de Justicia Militar. Estas leyes obsoletas -las cuales datan del Imperio Romano y gozaron del favor de gobiernos autocráticos latinoamericanos- mancillan las credenciales democráticas de Chile al proteger a 350 funcionarios públicos de las críticas del resto de los 15 millones de chilenos.
«No cabe duda», como correctamente declaró el Presidente Lagos en la introducción de su proyecto, «que la persistencia de estas normas en Chile ha derivado en un privilegio sin fundamento establecido en favor de ciertas personas, contrario a la declaración contenida en el artículo Primero de la Constitución Política de 1980 que consagra la igualdad de las personas en dignidad y derechos».
Asimismo, estos siete artículos constituyen un desafío al sistema interamericano de justicia, el cual, a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, declaró las leyes de desacato «contradictorias» al Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Desde que la comisión lo recomendara en 1994, sólo cuatro países latinoamericanos han eliminado estas leyes: Argentina, Paraguay, Costa Rica y Perú.
Ministro Vidal, ésta es una magnífica oportunidad para que Chile retome su liderazgo continental y de una vez por todas elimine estas leyes perniciosas que socavan los pilares democráticos y atentan contra los valores básicos de la Constitución de Chile.
Lo insto a que actúe de inmediato para asegurarse de que el Proyecto de Ley 212-347 reciba la necesaria urgencia para su pronta aprobación.
Respetuosamente,
Marilyn Greene
Directora Ejecutiva
Comité Mundial para la Libertad de Prensa
Reston, EE.UU.
cc:
President Ricardo Lagos Escobar
Assistant Secretary Roger F. Noriega
Ambassador Andres Bianchi Larre
Ambassador William R. Brownfield
Ambassador Esteban Tomic
Guillermo Ceroni Fuentes
Members of the CLJC
Undersecretary Jaime Arellano Quintana
Chief Justice Mario Garrido Montt
Miguel Gonzalez Pino
Adriana Munoz D’Albora
Andres Zaldivar Larrain
Carlos Cantero Ojeda
Juan Pablo Letelier Morel
Victor Barrueto
Arturo Longton Guerrero
Juan Pablo Illanes
Cristian Bofill Rodriguez
Allejandro Guiller
Maria Claudia del Solar Zamora
Guillermo torres Gaona
Juan Pablo Olmedo
Ciro Colombara
ACCIÓN RECOMENDADA:
Remitir apelaciones semejantes a:
Su Excelencia Francisco Vidal Salinas
Ministro de Gobierno
Gobierno de Chile
Palacio de La Moneda
Santiago, Chile
Correo-e: vbaeza@segegob.cl
Favor de mandar copias de sus apelaciones al originador donde sea posible.