(CEPET/IFEX) – La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 16/2009 a los gobernadores de Puebla y Quintana Roo para que investiguen a los policías que participaron en la detención de Lydia Cacho Ribeiro, en diciembre de 2005, por considerar que la periodista fue víctima de tortura y que se violaron sus garantías […]
(CEPET/IFEX) – La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 16/2009 a los gobernadores de Puebla y Quintana Roo para que investiguen a los policías que participaron en la detención de Lydia Cacho Ribeiro, en diciembre de 2005, por considerar que la periodista fue víctima de tortura y que se violaron sus garantías individuales.
El organismo también consideró que la detención de Cacho Ribeiro fue un medio indirecto para inhibir el ejercicio de la libre expresión, según señaló en un comunicado público.
En le análisis del caso, la CNDH detectó irregularidades administrativas ya que la Procuraduría de Justicia de Quintana Roo permitió la detención de la periodista antes de que el agente del Ministerio Público estatal recibiera el oficio de colaboración de la Procuraduría poblana que pidió su detención y traslado.
Cacho Ribeiro fue detenida el 16 de diciembre de 2005 por una denuncia presentada por el empresario Kamel Nacif por difamación y calumnia, luego de que la periodista lo vinculara a un caso de pederastia en el libro «Los demonios del Edén».
Tras la difusión de una conversación telefónica en el que el empresario agradecía al gobernador de Puebla su apoyo para la captura de Cacho Ribeiro, el Congreso de la Unión solicitó la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Sin embargo, el 29 de noviembre de 2007, los ministros de la SCJN resolvieron que si bien se registraron irregularidades en la detención de Cacho Ribeiro en diciembre de 2005, no se acreditó una violación grave a sus garantías individuales ni existió una conspiración entre el gobernador de Puebla y Nacif.
La CNDH aclaró que sus recomendaciones no buscan «desacreditar a las instituciones ni constituyen una afrenta o agravio a estas o a sus titulares» y que la recomendación en el caso de Cacho Ribeiro se refiere a «cuestiones substancialmente diversas de las que fueron materia de análisis por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el expediente 2/2006».
El organismo solicitó al gobernador de Puebla que repare el daño causado a la periodista, que establezca acciones para prevenir la tortura y que capacite a la policía judicial y a los servidores públicos para evitar hechos o pronunciamientos violatorios a los derechos humanos.
Los gobernadores cuentan con 15 días hábiles para determinar si aceptan la recomendación y un lapso similar para comprobar su cumplimiento.
Actualiza el caso Cacho Ribeiro: http://ifex.org/es/content/view/full/94209