Los ciudadanos venezolanos son unos de los pocos en el continente que no tienen el derecho legal de pedir información a su gobierno, porque este se niega a crear una ley que transparente sus funciones administrativas o que le obligue a rendir cuentas.
Este artículo fue publicado originalmente en sipiapa.org el 9 de diciembre de 2014.
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) condenó un fallo judicial en Venezuela que contraviene principios constitucionales sobre libertad de expresión y transparencia, calificándolo de “censura judicial en contra del derecho del público a información sobre asuntos de interés público”.
El 4 de diciembre la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó una demanda de la organización no gubernamental Espacio Público que solicitaba información al Estado sobre bloqueos y restricciones que sufrieron varios sitios de servicios de información digital a principios de año, como twimg.com, pastebin.com, bit.ly y la aplicación zello.com.
Amparándose en artículos constitucionales sobre derecho a la información, Espacio Público solicitó al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, que explicara la razón del bloqueo del internet en el estado Táchira en febrero pasado.
Ante la negativa reiterada de información por parte del Ministerio, la entidad presentó una demanda el 18 de setiembre ante el máximo órgano judicial. En una resolución sorpresiva al no hacer lugar a la demanda, el TSJ advirtió que el “solicitante deberá manifestar expresamente las razones para cuales requiere la información, así como justificar que lo pedido sea proporcional con el uso que se le pretende dar”.
El presidente de la SIP, Gustavo Mohme, consideró que “justamente los principios sobre acceso a la información con los que se enriquecieron las leyes de acceso a la información en el mundo entero, establecen que nadie tiene que justificar de ninguna forma para que usará la información, sino que el gobierno tiene obligación de entregarla cada vez que un ciudadano lo solicita”.
Mohme, director del diario peruano La República, agregó que “el fallo actual termina formulando una “censura judicial en contra del derecho del público a información sobre asuntos de interés público”.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Claudio Paolillo, expresó que “este dictamen muestra la deficiencia del gobierno de Venezuela que cuenta con un sistema judicial que está más preocupado por defender al gobierno que a hacer valer y resguardar los derechos de sus ciudadanos”.
Paolillo, director del semanario Búsqueda de Uruguay, recordó que los ciudadanos venezolanos son unos de los pocos en el continente que no tienen el derecho legal de pedir información a su gobierno, porque este se niega a crear una ley que transparente sus funciones administrativas o que le obligue a rendir cuentas.
La SIP destacó la tendencia en América Latina y el Caribe a la aprobación de leyes de acceso a la información pública y transparencia gubernamental, disposiciones vigentes en los siguientes países: Antigua y Barbuda, Belice, Brasil, Chile, Colombia, El Salvador, Guatemala, Guyana, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, St. Vincent, Trinidad & Tobago y Uruguay.
Además de Venezuela, estas leyes tampoco existen en Argentina, Bolivia y Ecuador.