La ANP celebra la decisión del fiscal de Potosí por haber declinado competencia para iniciar una querella por desacato contra el periodista de radio Kollasuyo, Mario Caro.
(ANP/IFEX) – 6 de abril de 2011- La Asociación Nacional de la Prensa (ANP) de Bolivia celebra la decisión del fiscal de materia de la ciudad de Potosí (sur de Bolivia) Antonio Leniz por haber declinado competencia el 5 de abril de 2011 para iniciar una querella por desacato contra el periodista de radio Kollasuyo, Mario Caro, al estar en plena vigencia la «Ley de Imprenta», defendida por el periodismo boliviano.
Leniz reconoció que la Ley de Imprenta establece que «los funcionarios públicos que fuesen atacados por la prensa sólo podrán quejarse ante el Jurado» de imprenta, por lo que no correspondía que el ex secretario Departamental de Medio Ambiente, Felipe Castro, acudiera a la justicia ordinaria para procesar al periodista.
La resolución señala que al ser el denunciado un periodista y al haberse emitido las acusaciones contra el funcionario público a través de un medio de prensa, «el hecho estaría catalogado como delito de imprenta» y «según el Art. 28 de la Ley de Imprenta, correspondería al Jurado de Imprenta el conocimiento de los delitos de imprenta sin distinción de fueros, puesto que el sujeto pasivo de los hechos sería un funcionario público y no un particular». La Ley de Imprenta señala que los jurados de imprenta deben ser creados en cada municipio con el nombramiento de 40 personas idóneas.
Castro sostuvo en su querella que Caro incurrió en difamación, calumnia e injuria al lanzar acusaciones de presunta corrupción en su contra, en el programa «La revista matinal» de radio Kollasuyo. La denuncia fue por el delito de desacato, previsto en el artículo 162 del Código Penal, que establece que «el que por cualquier medio calumniare, injuriare o difamare a un funcionario público en el ejercicio de sus funciones o a causa de ellas será sancionado con privación de libertad de un mes a dos años».
El 4 de abril, el gobernador de Potosí, Félix Gonzáles, informó que destituyó a Castro y a sus colaboradores tras una evaluación, pero negó que su decisión respondiera al pleito con el periodista.
El periodismo boliviano ha reiterado su defensa de la Ley de Imprenta, vigente desde 1925, precisamente porque despenaliza el desacato cuando se trata de delitos de imprenta contra autoridades públicas.
La ANP considera que la actitud del Fiscal Castro es el camino correcto que debe seguir toda autoridad judicial cuando se trate de delitos de imprenta.