El contenido de la resolución da cuenta de algunos de los principios referidos al inicio, específicamente el relativo a objetivos legítimos de la publicidad oficial y los relacionados a criterios de distribución y planificación adecuada.
Este artículo fue publicado originalmente en adc.org.ar el 26 de agosto de 2016.
Desde hace más de 10 años, la Asociación por los Derechos Civiles viene alertando sobre la problemática de la publicidad oficial como modo de censura indirecta, cuando ella es utilizada en forma discrecional y arbitraria.
Durante ese periodo, hemos expuesto en diversas oportunidades la situación en la Argentina. En 2006, ADC desarrolló una serie de principios regulatorios, en base a los más altos estándares internacionales. Estos fueron receptados en el año 2010 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual estableció los Principios sobre Regulación de Publicidad Oficial y Libertad de Expresión.
En el día de ayer, la Secretaría de Comunicación Pública, dependiente de la Jefatura de Gabinete de la Nación, firmó una resolución que reglamenta el uso de la publicidad oficial en el ámbito del Poder Ejecutivo.
Mediante esta norma, se define qué se entiende por publicidad oficial y se regulan las campañas de comunicación, los destinatarios y el modo de aplicación, entre otras cuestiones. Su contenido da cuenta de algunos de los principios referidos al inicio, específicamente el relativo a objetivos legítimos de la publicidad oficial y los relacionados a criterios de distribución y planificación adecuada.
Consideramos esta resolución un significativo avance en la materia, sobre la que venimos alertando desde la sociedad civil desde hace años. Sin embargo, solo a través de un proceso participativo, amplio y plural que resulte en una ley sancionada por el Congreso de la Nación, podremos garantizar cabalmente el derecho de libertad de expresión en relación a la publicidad oficial, así como delimitar al máximo la posibilidad de decisiones discrecionales y arbitrarias. Dicha ley deberá dar cuenta, en forma clara y específica, de los principios del Sistema Interamericano de Derechos Humanos e incluir un fuerte componente de transparencia y acceso a la información para beneficio del sistema democrático.
Click aquí para conocer la resolución completa: Resolución 247 – E/2016, publicada el 26/8/2016 en el Boletín Oficial.