El 17 de junio de 2020, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Tumaco, en decisión de segunda instancia, concedió la libertad por vencimiento de términos a favor de Gustavo Alonso Ospina Hernández, alias Barbas.
Este artículo fue publicado originalmente en flip.org.co el 18 de junio de 2020.
El 17 de junio de 2020, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Tumaco, en decisión de segunda instancia, concedió la libertad por vencimiento de términos a favor de Gustavo Alonso Ospina Hernández, alias Barbas. El juez consideró que la Fiscalía General de la Nación no cumplió con uno de los requisitos exigidos para dar aplicación a la Ley 1809 de 2018, según el cual se debe contar con la certificación del Consejo de Seguridad Nacional sobre la calificación del Frente Oliver Sinisterra como un grupo armado organizado.
Ospina Hernández es señalado por la Fiscalía General de la Nación de haber sido el encargado de realizar los videos de supervivencia al equipo periodístico del diario El Comercio, mientras permanecía secuestrado por los miembros del grupo Oliver Sinisterra.
Esta decisión deja en evidencia el riesgo de impunidad en el caso, pues transcurridos más de dos años no se han adelantado nuevas vinculaciones a la investigación, no se ha iniciado la etapa de juicio contra las tres personas que se encuentran procesadas y ya comienza el vencimiento de los términos procesales, debido a la falta de celeridad en el juicio.
Por otro lado, la FLIP le ha insistido al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Tumaco para que programe la fecha de continuación de juicio en contra de Gustavo Alonso Ospina, sin embargo no ha obtenido una respuesta.
Las familias del equipo periodístico, la FLIP y FUNDAMEDIOS hacen un llamado a la Fiscalía General de la Nación y al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Tumaco para que se adelante de manera célebre y sin dilaciones injustificadas el juicio contra las tres personas que se encuentran procesadas. Vale la pena destacar que este caso cuenta con medidas cautelares por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), lo cual acentúa la responsabilidad del Estado frente a la investigación, judicialización y sanción de los responsables de estos hechos.
Esta decisión tiene origen en la negligencia del Estado colombiano frente al proceso, pues se fundamenta en la ausencia de documentos que están al alcance del Estado y no fueron aportados de manera oportuna. Por lo tanto, las consecuencias de esta decisión y el riesgo de repetición deben ser de especial seguimiento por parte la CIDH en el marco de las medidas cautelares binacionales vigentes.
Así mismo, se extiende el llamado al Consejo Superior de la Judicatura y la Procuraduría General de la Nación en aras de que se realice un seguimiento a los juicios que se adelantan ante el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Tumaco, para que los mismos se desarrollen dentro de los plazos establecidos por la ley.
Finalmente, las familias del equipo periodístico, la FLIP y FUNDAMEDIOS acuden a los Estados de Colombia y Ecuador para que reafirmen su compromiso en la lucha contra la impunidad en este caso y se implementen las recomendaciones realizadas por el Equipo Especial de Seguimiento de la CIDH.