AMARC exhortó al Congreso a legislar conforme a los estándares internacionales en materia de libertad de expresión.
(AMARC/IFEX) – Paraguay, 18 de noviembre de 2010 – Este 12 de noviembre el Presidente del Paraguay Fernando Lugo vetó el proyecto de ley que modifica artículos de la Ley de Telecomunicaciones que, entre otras cosas, establece criterios discriminatorios para el funcionamiento de los medios comunitarios.
La reforma aprobada modificaba los artículos 57, 58, 70, 73 y 100 de la Ley Nº 642/95 «De Telecomunicaciones». En el artículo 57 se establecían restricciones de potencia para los medios comunitarios, en el 58 la prohibición de transmitir publicidad para dichos medios y en el 100 las sanciones y la facultad del ministerio público para conocer de los casos de radiodifusión no autorizada. Todas estas disposiciones resultan contrarias a los estándares internacionales en materia de libertad de expresión por restringir indebidamente a los medios comunitarios y establecer procedimientos y sanciones que resultan desproporcionales.
A pesar de que el Estado paraguayo se comprometió, en reunión de trabajo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), apenas en octubre pasado, a revisar las disposiciones que afectan a los medios comunitarios, tan sólo un día después de celebrarse dicha reunión, el Senado paraguayo aprobó las modificaciones a la Ley de Telecomunicaciones. Cabe recordar lo que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha establecido respecto de las limitaciones indebidas a los medios comunitarios y la utilización del derecho penal: «los Estados tienen la obligación de establecer un marco regulatorio que promueva una discusión libre, abierta, plural y desinhibida, lo cual implica el diseño de instituciones que permitan, y no que dificulten, la deliberación sobre todos los asuntos y fenómenos de relevancia pública. Nada de esto se compadece con el uso indiscriminado del derecho penal como mecanismo para limitar la circulación libre de opiniones e informaciones, especialmente cuando las mismas se refieren a asuntos públicos . . . Son discriminatorias, por ejemplo, las limitaciones que pueden estar previstas en la legislación, o que se imponen en la práctica, que establecen para cierto tipo de medios restricciones en cuanto a contenidos, potencia, cobertura territorial o acceso a fuentes de financiamiento, sin un argumento suficiente, objetivo y razonable, que persiga una finalidad legítima ajustada a la Convención Americana.» (CIDH Informe Anual 2009, Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, Capítulo VI: Libertad de expresión y radiodifusión).
La propia Relatora para la Libertad de Expresión de la CIDH, envío, a petición del ejecutivo paraguayo, una carta al Estado estableciendo las razones por las cuales las modificaciones a la Ley de Telecomunicaciones son contrarias a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en octubre pasado, aún así el congreso aprobó la ley en un claro desacato a sus obligaciones como Estado frente a la Convención Americana de Derechos Humanos.
A su vez, en el marco de la asamblea mundial de AMARC llevada a cabo en Argentina la semana pasada el Relator para la Libertad de Expresión de la ONU, Frank La Rue, estableció que las modificaciones aprobadas por el Senado paraguayo a la ley de telecomunicaciones resultan discriminatorias. Además, recordó que la persecución penal de la radiodifusión no autorizada en países como Chile, México y Paraguay resulta inaceptable.
La Asociación Mundial de Radios Comunitarias para América Latina y el Caribe (AMARC-ALC) saluda el veto presidencial de dicha ley que abre nuevamente la posibilidad de que el Estado paraguayo cumpla con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, particularmente el derecho a la libertad de expresión que para muchos grupos se materializa a través de los medios comunitarios.
AMARC-ALC se suma a los esfuerzos realizados por las organizaciones paraguayas a fin de lograr la plena democratización de los medios en el país, y hace un llamado urgente al Congreso paraguayo a fin de que la revisión de la legislación en la materia se ajuste a los estándares internacionales en materia de derechos humanos.
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